Las cifras del regulador también revelan que en 2020 se produjeron 575.000 traspasos de este tipo y en 2019 unos 660.000. Asimismo, la CNMC recuerda que en octubre de 2021, alrededor del 60% de los consumidores eléctricos (unos 18 millones) disponían de un contrato de suministro a precio fijo, lo que les permitió mantener los precios acordados hasta la fecha de revisión de sus contratos.
Por el contrario, el 40% de los consumidores con contratos indexados al precio del mercado mayorista habrían experimentado un incremento del precio del 45% en 2021, un encarecimiento de unos 229 euros con respecto a 2020 para un consumidor medio, según los cálculos de la CNMC. Sin embargo, el organismo observa una contención del precio doméstico del gas en el mercado regulado debido a que el Real Decreto-ley 17/2021 limitó las subidas de la tarifa regulada (TUR) a un máximo del 15% de la materia prima en sus revisiones trimestrales. «De esta forma, la TUR se situó entre un 40% y un 100% más barata que la oferta del mercado libre más económica disponible», asevera el regulador.
Sin embargo, esta situación también tiene impacto sobre las pequeñas comercializadoras de electricidad y de gas, que han tenido problemas de solvencia. De hecho, el año pasado 44 de ellas abandonaron la actividad, nueve por inhabilitación (incumplimiento de sus obligaciones de pago) y 35 por ceses voluntarios, según recuerda la CNMC, que también subraya que los 34.000 clientes afectados mantuvieron garantizado el suministro con el comercializador de último recurso en tarifa regulada. En cuanto a la modificación de los contratos, el organismo hace hincapié en que muchos «incluyen una cláusula que habilita a los comercializadores a modificar las condiciones ante la subida de los precios» y que algunos de ellos han optado por modificar unilateralmente sus condiciones.
«Esta práctica no cumple con la obligación de información transparente sobre precios y condiciones de la Directiva (UE) 2019/944. La CNMC está supervisando dichas conductas en el ámbito de sus competencias y ha advertido a los comercializadores que deben avisar de forma transparente y comprensible de cualquier intención de modificación y del derecho a rescindir el contrato sin coste alguno», asevera la CNMC.