El ejemplo más claro se deriva de los retrasos. Las pólizas de transportes cubren daños provocados por eventualidades como que se moje la carga, se golpee el contenedor, se hunda el buque o se incendie el camión, pero no se hacen cargo de la pérdida de calidad, por ejemplo, en productos perecederos por los retrasos en las entregas.
Entre las coberturas sometidas a ajustes por los atascos logísticos figuran también las cláusulas de tránsito que aseguran las mercancías durante un trayecto de hasta 60 días. Pasado ese plazo ya no hay garantía y eso mueve a prescribir también extensiones en las coberturas.
Un tercer supuesto son los límites asegurados para la carga de los barcos, ya que ahora se aprovecha la capacidad de los megabuques para transportar muchos más contenedores multiplicando el riesgo y las necesidades de aseguramiento.El fuerte embotellamiento ocasiona, en síntesis, un endurecimiento en las condiciones de aseguramiento y podría ir para largo.