El titular del Juzgado Central de Instrucción número 4, José Luis Calama, ha desestimado la querella que el Real Madrid interpuso el pasado mes de agosto contra la Liga Nacional de Fútbol y su presidente, Javier Tebas, por delitos societarios en relación al reglamento audiovisual.
El club presidido por Florentino Pérez impugnó contra el acuerdo aprobado a finales de julio por el órgano de Control de los Derechos Audiovisuales, que fijaba los criterios de reparto de los ingresos audiovisuales relativos a implantación social. Este acuerdo fue ratificado el pasado 4 de agosto por la Junta de la Primera División de la Liga de Fútbol Profesional.
Para el Real Madrid, dicho acuerdo tenía una naturaleza defraudatoria por cuanto constituían una disposición arbitraria de los citados derechos, “específicamente orientada a perjudicar económicamente al Real Madrid”, ya que, en su opinión, beneficia a la práctica totalidad del resto de los equipos. Ello estaría motivado, según la querella, por la enemistad que desde mediados de 2021, “viene mostrando contra este club el presidente de LaLiga Javier Tebas Medrano” por su oposición al proyecto LaLiga Impulso y la iniciativa de crear la Superliga.
Tras analizar toda la documentación relativa al acuerdo sobre el reparto de los derechos audiovisuales, que fueron requeridos a LaLiga, el magistrado considera que los hechos expuestos en la querella no tienen encaje en el Código Penal. Por tanto, descarta abrir una investigación por los presuntos delitos de administración desleal, apropiación indebida, corrupción en los negocios y delito de imposición de acuerdos abusivos que vienen incluidos en el escrito del club madridista. Con la desestimación de la querella, el magistrado, que previamente solicitó un informe a la Fiscalía, también rechaza la medida cautelar de paralizar temporalmente el acuerdo en cuestión, que solicitó el Real Madrid.
En un auto, el juez instructor Calama afirma que el acuerdo recurrido se adoptó por una mayoría significativa -solo obtuvo un voto en contra- y que el hecho de que el reparto acordado no se ajuste a las legítimas expectativas de la parte querellante “no significa que sea abusivo en términos penales”. En este sentido, el magistrado reprocha al club de intentar construir “una versión conspirativa contra sus intereses”.
Así las cosas, la resolución indica que la querellante es uno de los grandes clubs de la Liga de Fútbol no es el único de tales características, por lo que resulta difícil entender que perjudique únicamente al Real Madrid y no a otros clubes de igual entidad y, por ende, con iguales intereses. ”Las discrepancias entre posiciones minoritarias y mayoritarias no solamente es un supuesto harto frecuente en la práctica, si no que ese ‘juego de las mayorías’ no puede indefectiblemente asimilarse a las nociones de abuso, de lucro, de perjuicio y de ausencia de beneficio social (que es lo que requiere el tipo de injusto) so pena de dar entrada en el ámbito punitivo cualquier acuerdo que para la minoría resultase una contrariedad”, añade el auto.
En definitiva, el juez inadmite la querella pero precisa que el ordenamiento jurídico contiene un abundante cuerpo normativo extrapenal que regula el funcionamiento de las sociedades mercantiles. Al mismo tiempo, recuerda que, en cualquier caso, en la jurisdicción civil y administrativa existen mecanismos de control y reparación de los posibles daños que pudieran derivarse de un incorrecto y abusivo comportamiento de los órganos de estas sociedades. “Nos encontramos ante unas tensas relaciones entre los distintos titulares y beneficiarios de los millonarios derechos de explotación de contenidos audiovisuales de las competiciones de fútbol profesional, que en la última temporada ascendieron a 1.837.445.000 euros, a resolver en el ámbito de la jurisdicción civil o contencioso-administrativo”.