La decisión de la asociación eléctrica se considera una maniobra política, pues la denuncia no tendrá consecuencias judiciales, de hecho, la Comisión no está obligada a responderla, una obligación que sí tiene de tratarse de de una ayuda pública. Según las mismas fuentes, ya se habría presentado algún escrito de alguna de pequeña empresa afectada. El tributo grava, durante dos años, los ingresos en España y que no procedan de actividades reguladas, de los considerados por la CNMC operadores principales (los que tienen una cuota superior al 10% en su segmento), así como aquellas que facturen más de 1.000 millones en un año.
Los recursos contra una medida del Gobierno amparada en el reglamento de la UE que permite detraer para el fisco parte de los beneficios extraordinarios de las energéticas derivados de los altos precios por la guerra de Ucrania, están en marcha.
Además de considerar que España incumple el reglamento europeo, que establece que se gravarán los beneficios de las empresas y no los ingresos, varias son las grietas que las eléctricas han descubierto y que denunciarán ante los jueces: que no es proporcional pues no afecta a todo el sector por igual y es confiscatorio. En este sentido, algunas eléctricas denuncian que muchos de sus contratos con clientes tienen una rentabilidad inferior al 1,2%. La nueva tasa, que no es deducible en el impuesto de sociedades, puede equivaler en algunos casos a una subida del 50% de este último impuesto, indican varias fuentes jurídicas.
Otro argumento es que el tributo grava todos los ingresos, inclusos los que son producto de una recaudación a la que están obligadas las empresas, pero que no terminan en su cajón. Por ejemplo, costes regulados del sector o de terceros, como los peajes de las redes eléctricas; los cargos y el tope al gas. En este último caso, como en el del bono social, fuentes políticas subrayan que las empresas no están obligadas a repercutirlo al cliente.
No así los peajes, que las mismas fuentes reconocen que se intentaron sacar de la ley (en vigor desde el 27 de diciembre) en el trámite de aprobación de la ley en el Senado, pero que el Gobierno no hizo, pues esa enmienda le hubiese obligado a devolver el texto al Congreso en un momento de gran convulsión parlamentaria.