Esta indemnización fue eliminada definitivamente del ordenamiento jurídico para todos los nuevos contratos a partir de julio de 2012, por la reforma laboral de los populares, que generalizó un coste de extinción de 33 días por año trabajado y un máximo de 24 mensualidades. En concreto, Díaz ha precisado que su intención más que encarecer el despido persigue “acomodar la legislación española al artículo 24 de la Carta Social Europea”. Este texto indica, según ha dicho la ministra, que los países que tienen topadas las indemnizaciones por despido, sean estas de 33 o 45 días, no cumplen con la política de reparación de daños, que persigue dicha Carta, por tanto, ha considerado que para fijar las indemnizaciones por despido, “los daños han de ser evaluados de conformidad al ordenamiento jurídico español y europeo, en atención al daño real causado y al lucro cesante”.
Esta es la doctrina española también que, como conocen, han dictado también varios de los tribunales españoles”, ha explicado la ministra de Trabajo. La vicepresidenta segunda ha recordado que también tiene que ver con el Convenio 158 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), sobre la terminación de la relación del trabajo. Además, ha insistido en que si los tribunales españoles “dictan sentencias diciendo lo que dicen”, es porque “algún defecto tiene la legislación española”. Asimismo, Díaz ha expuesto el caso de Francia, que tras “copiar” el modelo de despido implantando en España con la reforma laboral del PP, “ha tenido que rectificar porque no se acomoda al artículo 24 de la Carta Social Europea”.
El Pleno del Congreso debate este mañana esta propuesta de ERC después de que la propia ministra de Trabajo haya anunciado reiteradamente su disposición a abordar cambios legales de la indemnización por despido para hacerla disuasoria y adecuarla al daño que produce en cada trabajador la extinción de su contrato.