Una norma cuyo objetivo es mejorar las condiciones laborales de las personas que trabajan en plataformas digitales como Uber, Deliveroo o Glovo, acabar con los falsos autónomos, y al mismo tiempo dar seguridad jurídica a las compañías.
En teoría, la presidencia tiene que representar los intereses colectivos de los Estados miembros cuando negocia con el Parlamento Europeo, por lo que cuando cierra un acuerdo, lo normal es que sea ratificado sin problemas por el resto de socios. Es muy infrecuente que un acuerdo firmado por la presidencia sea después rechazado por los embajadores de los 27, como ha ocurrido ahora con la ‘Ley Rider’.
Durante la reunión de embajadores celebrada este viernes en Bruselas, «la presidencia española ha constatado que no tenía mayoría cualificada y ha pasado el expediente a la presidencia belga para que siga avanzando en el tema», ha explicado un portavoz.
Entre los Estados miembros que han planteado objeciones al texto de la presidencia española se encuentran Francia, Italia, los Bálticos, Hungría y República Checa.
El principal punto de discordia es la definición de los criterios para determinar si un trabajador es empleado de una plataforma digital y no un autónomo. Con arreglo al acuerdo cerrado entre la presidencia española y la Eurocámara, se establece la presunción de laboralidad si la relación del trabajador de la plataforma cumple al menos dos de los cinco indicadores establecidos en la directiva.