«La reforma laboral incorporó los ERTE de fuerza mayor para abordar situaciones dramáticas como la que estamos viviendo», ha indicado la titular de Trabajo a través de un mensaje en su cuenta de ‘X’,en referencia a las inundaciones que han afectado principalmente a la Comunidad Valenciana y Castilla la Mancha. De igual manera, Díaz ha recordado que si las empresas solicitan esta herramienta de protección de empleo, los trabajadores estarán protegidos «sin consumir prestaciones y si necesidad de haber cotizado».
Así desde el ministerio de Trabajo se recuerdan las medidas que ya están habilitadas para que se proteja el empleo y las empresas ante los efectos devastadores de esta DANA. «Contamos con instrumentos permanentes para proteger a las personas trabajadoras y al tejido productivo ante situaciones graves como las que vivimos estos días que pueden perjudicar o paralizar la actividad de las empresas», explican.
Desde Trabajo recuerdan que el Artículo 47 del Estatuto de los trabajadores regula los Expedientes de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) por fuerza mayor que permiten:• La suspensión temporal del contrato de trabajo o
• La reducción de la jornada de las personas trabajadoras.
• Además, durante estas medidas las personas trabajadoras pueden recibir protección por desempleo:
• Sin necesidad de cotización previa
• Sin que se consuma la prestación
Por último, indican que «las empresas pueden acogerse de manera voluntaria y tener de exenciones en las cotizaciones a la Seguridad Social de hasta el 90%».