Asi lo han señalado el presidente del Instituto de Estudios Económicos, Fernández de Mesa; y su director general, Izquierdo; en la presentación del informe “Competitividad fiscal 2024. Un diagnóstico necesario de la tributación en España”. Y es que España ya es uno de los países con mayor presión fiscal dinámica (ritmo de subida de impuestos) de los países desarrollados. Basta señalar que en un contexto como el periodo 2018-2022 en el que la UE redujo su presión fiscal en relación al PIB en 1,1 puntos, España incrementó su presión fiscal en 2 puntos porcentuales, a lo que habría que añadir las subidas acontecidas desde entonces.
A pesar de este fuerte incremento de la recaudación, lo cierto es que el déficit público se ha incrementado, pasando del 3,1% al 3,6% del PIB, elevando consigo la deuda pública desde el 98,2% hasta el 107,7% del PIB. Como conclusión es necesario señalar que España no tiene un problema fiscal por la insuficiencia de ingresos tributarios, sino por el aumento del gasto que excede el crecimiento de la recaudación a pesar de que esta supere el incremento del PIB.
El IEE presenta el Índice de Competitividad Fiscal de la Tax Foundation en España, en el que España ocupa una de las peores posiciones, la número 33 sobre 38 países analizados, cuando en el 2019 nos situábamos en el puesto 23. Esto muestra una pérdida notable de competitividad fiscal en nuestro país desde la posición anterior a la pandemia, reflejando el efecto de las subidas de impuestos a empresas y empresarios, tendencia que el Gobierno parece decidido a mantener en la presente legislatura, con continuadas subidas de impuestos y cotizaciones sociales.
La presión fiscal normativa en España en el 2024 ya es en un orden de un 17% mayor que la del promedio de la UE. La presión fiscal normativa aproxima la carga de gravamen que el diseño del sistema fiscal introduce en las economías al margen de la recaudación que obtenga y se construye a partir del Índice de Competitividad Fiscal de la Tax Foundation para este año. El protagonismo de la búsqueda de un aumento continuo de la recaudación ha llevado consigo un sistema fiscal especialmente distorsionante.
De hecho, los contribuyentes españoles soportaron en el 2023 un esfuerzo fiscal (presión fiscal ajustada al nivel de renta) de un orden de un 13% superior al de la Unión Europea, que ya, de por sí, es bastante elevado en el contexto internacional, muy por encima del de otros países de la OCDE. Entre las grandes economías avanzadas ninguna presenta un esfuerzo fiscal superior al de nuestro país.
Un problema especialmente grave en España es el de la excesiva presión fiscal empresarial que en el año 2022 fue del 12,2% del PIB frente al 10,4% del promedio de la UE. De hecho, las empresas españolas aportan el 32,4% del total de recaudación frente el 25,8% que en promedio aportan las empresas de la UE. Además, este indicador ya no refleja el impacto total de la carga tributaria que soportan las empresas españolas, siendo aún superior, por tanto, a dicho diferencial. En este sentido, se ha de destacar el impacto de los gravámenes sobre entidades y establecimientos financieros de crédito y sobre la energía, que deberían formar parte del indicador de presión fiscal empresarial pero no lo hacen por su consideración artificial como prestaciones patrimoniales de carácter público no tributario, cuando son verdaderos impuestos.
Debido a que la economía está globalizada, una tributación empresarial superior a la de los países de nuestro entorno provoca deslocalización de inversiones, fuga de contribuyentes y desventajas competitivas a nuestros residentes, fundamentalmente a aquellos que operan en mercados internacionales, pero también a los locales que deberían afrontar la competencia de operadores no residentes con una menor carga tributaria.
El tipo efectivo medio sobre la inversión que afecta a las empresas españolas es uno de los más elevados de toda la UE con el consiguiente encarecimiento del coste de capital empresarial, lo que frena los procesos de inversión empresarial en nuestro país. De hecho, el Impuesto sobre Sociedades, en España tiene un tipo impositivo superior a la media de la UE (25% frente a 21,3%) y presenta una presión fiscal normativa, un 24,1% más elevada que la media de la Unión Europea.
Respecto a la tributación sobre el patrimonio, la situación de España es aún peor, con una de las peores situaciones de nuestro entorno comparado. En este caso, la posición de España es un 40% peor que la de la UE. En cuanto al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, nuestro tipo máximo puede llegar al 54% en España, frente a una media del 39,6% en la UE. Además, el efecto conjunto del IRPF con la tributación patrimonial (Impuesto sobre las Grandes Fortunas) puede elevar el tipo hasta un 60%, lo que es claramente confiscatorio.
Es más, en lo relativo a la tributación de dividendos, el tipo máximo en España (sumando la carga del Impuesto sobre Sociedades en los beneficios y el IRPF en la distribución) puede llegar al 46%, mientras que la media de la UE se sitúa en el 41%, y este diferencial, que ya es muy significativo, se quiere incrementar por parte del actual Gobierno que ha propuesto, recientemente, una subida en el tipo máximo de la renta del ahorro.
El mejor camino para mejorar la recaudación en España de una forma sostenible no es el de la acumulación de subidas impositivas que acaban teniendo un efecto depresor sobre la convergencia real, sino el crear un clima fiscal favorable a las empresas, con un sistema fiscal competitivo. En este sentido, cualquier incremento de la recaudación tributaria debería basarse en el aumento de las bases imponibles, fomentando el crecimiento económico, y en la lucha contra el fraude fiscal, más que en incrementar la presión sobre unos contribuyentes que ya soportan una carga tributaria comparable, o superior, a la de los países de nuestro entorno, principalmente en lo relativo a la tributación empresarial.
Tenemos un sistema fiscal que supone un lastre para el crecimiento económico, que ha incrementado fuertemente los impuestos en los últimos años, apostando para ello en las figuras más distorsionantes (fiscalidad empresarial y patrimonial), frente a las tendencias de bajadas de impuestos de nuestro entorno, con reformas fiscales inteligentes, que logran compatibilizar el principio de suficiencia recaudatoria con la preservación del principio de eficiencia económica.
Por último, pero no por ello menos importante, es la necesidad de mejorar la calidad legislativa y reforzar la confianza en nuestras instituciones. Es totalmente reprobable que se pretendan aprobar nuevos impuestos y/o subir los ya existentes mediante abusos legislativos, entre los que destaca el uso abusivo y generalizado de la figura de enmiendas al articulado de proyectos de leyes de otras cuestiones en sus fases finales de tramitación. La peor iniciativa al respecto es la vivida en las últimas semanas, cuando se ha planteado lo que es una reforma fiscal encubierta, aprovechando la fase final de tramitación de un proyecto de ley específico e incorporando un cúmulo de enmiendas que afectan a múltiples figuras tributarias como el ahorro, banca, seguros, gasóleos, etc. El Tribunal Constitucional prohibió en su día aprobar nuevos impuestos o modificar los ya existentes mediante las leyes de presupuestos o la utilización de las figuras del decreto ley, figuras ambas que tienen una tramitación más abreviada y por definición menos garantista. Para evitar estas disfunciones, los nuevos impuestos se deben aprobar mediante proyectos de ley específicos que garanticen los tramites de participación pública y de audiencia a los interesados, supervisión de órganos constitucionales, la participación en su elaboración de los equipos técnicos funcionariales de los ministerios y, en su caso, la incorporación de enmiendas de mejora.
Las propuestas de nuevos impuestos, planteadas en las últimas semanas, al no seguir estas vías preceptivas obligadas, resultan en normativas de ínfima calidad técnica especialmente contraproducentes, que no se han beneficiado de los procesos que garantizan que las normativas tributarias sean técnicamente de calidad. El punto de partida a seguir deben ser las figuras de proyectos de ley específicos redactados por los órganos ministeriales especializados, con informes preceptivos, trámites adecuados de audiencia y participación pública, plazos suficientes para incorporar procesos de enmiendas, como vía para incorporar las reflexiones de la opinión pública y/o las de los directamente afectados. De cualquier modo, se deben evitar las enmiendas forzadas a leyes en tramitación y la aprobación de proposiciones de ley, -que no sean las de la oposición, que no cuenta con otra alternativa-, ya que las normativas resultantes, muy condicionadas por lo que no son sino meros acuerdos políticos partidarios, muchas veces resultan incompatibles con los principios obligados de buenas prácticas legislativas y, en especial, con el interés general, que exige el respeto al principio de separación de poderes (ejecutivo, legislativo y judicial) que legitima la naturaleza y el funcionamiento del estado de derecho en una democracia moderna y propia de un país avanzado.