En las últimas semanas, el banco ya ha dejado entrever cuáles son algunas de sus peticiones a Competencia en la fase 2 del análisis de la operación. Por un lado, el consejero delegado, González-Bueno, ha pedido que los ‘remedies’ o condiciones que se impongan a la operación tengan carácter estructural, es decir, que vayan más allá de un plazo temporal, por ejemplo, 18 meses.
También ha rechazado la metodología para analizar la operación que está usando la CNMC por códigos postales, que sería la misma que se utilizó para la fusión entre CaixaBank y Bankia. En cambio, el banco ha manifestado en algunas ocasiones su preferencia por basarse en la metodología que usa la Comisión Europea en el análisis de fusiones y que se empleó en la operación entre TSB y Lloyds.
En una entrevista con RTVE, por ejemplo, González-Bueno trasladó su confianza en que la CNMC y el Gobierno defiendan «verdaderamente» los intereses tanto de accionistas, como ya hace el propio banco, como de todas las pymes en España. De hecho, señaló que los compromisos planteados para que la CNMC despeje sus dudas sobre el impacto en el crédito a pymes y el mercado de adquisiciones son «de comportamiento», pero no estructurales.
El siguiente paso ha sido el envío, por parte de la dirección de Competencia de la CNMC, del pliego de concreción de hechos (PCH) donde se recogen los principales problemas de competencia que plantea la operación, es decir, no se trata ni de una propuesta de actuación por parte de la CNMC ni de una decisión de la dirección.
Este documento se remitió a los interesados (BBVA y Sabadell) el pasado 31 de enero, lo que abría un plazo de 10 días como mínimo y 15 como máximo para que Sabadell pudiese presentar alegaciones. Ha sido este viernes, pasado el plazo de 15 días, cuando Sabadell las ha enviado a la CNMC.
En esta segunda fase, la CNMC realizará un nuevo testeo de mercado de los compromisos que BBVA ha propuesto para reducir o anular los riesgos identificados, teniendo en cuenta la opinión de organizaciones afectadas por la operación, como otros bancos u organizaciones empresariales.
Una vez concluido este análisis en profundidad, Competencia podrá aprobar la operación sin condiciones, con ellas o prohibirla. En el caso de los dos últimos supuestos, la operación sería elevada al Ministerio de Economía que podría llevarla, a su vez, al Consejo de Ministros y que se pronunciaría sobre criterios distintos a la competencia, como la defensa y seguridad nacional o la garantía de un adecuado mantenimiento de los objetivos de regulación sectorial.