Este real decreto afectaba al impuesto de sociedades y, en concreto, Mapfre estaba damnificada por dos cuestiones diferentes. La primera de ellas es porque este vehículo normativo impedía la deducibilidad de las pérdidas en transmisión de participaciones. Es decir, Mapfre podía restar hasta 2012 esos deterioros de sus impuestos, lo que le permitía desgravarse una cantidad. Pero con la instauración del real decreto ley 3/2016, esta norma obligaba a todas las compañías con sede en España a sumar esos deterioros a sus ingresos, aunque las entidades no tenían que hacerlo en ese ejercicio –de lo contrario las cuentas se verían afectadas– sino en cinco partes iguales durante cinco años.
Sin embargo, el Tribunal Constitucional dictó sentencia el pasado 18 de enero de 2024 declarando la inconstitucionalidad de algunas medidas impuestas en este real decreto. El organismo jurídico consideró entonces que el vehículo normativo utilizado para ello no era el adecuado, y muchas entidades, entre ellas Mapfre, recurrieron esta normativa por la cual el TC falló a su favor.
En total, Mapfre tenía pendientes prácticamente 80 millones de euros por litigios con el ‘decreto Montoro’, pero de ese monto, 13 millones no los recuperará. La compañía sufrió un revés legislativo en cuanto a la obligatoriedad de la aseguradora de integrar en la base imponible y por quintas partes, los deterioros de participaciones que hubieran sido fiscalmente deducibles hasta el 2012. Pero el Gobierno actual de Pedro Sánchez aprobó la ley 7/2024 del 20 de diciembre, sobre el impuesto complementario, por lo que se reintrodujo la obligación de tributar por los deterioros deducidos en un plazo de tres años, por lo que Mapfre no registra ese importe en las cuentas de 2024.
También Mapfre tiene otros procesos abiertos contra la administración tributaria. El más grande son los 110 millones de euros que la aseguradora ingresó a Hacienda junto con los intereses suspensivos por el impuesto sobre sociedades de los ejercicios entre el 2013 y 2015. La entidad decidió hacer esa transferencia, aunque eso no implica culpabilidad: al contrario, la compañía pagó y después recurrió, en lugar de provisionar esos fondos. Según Mapfre «existen sólidos argumentos de defensa en los procedimientos judiciales en marcha», por lo que la aseguradora también cuenta con esa devolución.
A su vez, el grupo solicitó una rectificación de sus impuestos sobre sociedades en los ejercicios de 2017 a 2019, para recuperar ajustes de las actas de los ejercicios de 2013 a 2016 y eliminar la doble imposición en inversiones de renta variable. El monto de esta reclamación asciende a 61 millones de euros, contabilizado como un crédito a Hacienda.
Mapfre también tiene pendiente una deducción de gastos por innovación tecnológica (IT) de 79,2 millones de euros. En cuanto a este litigio, la aseguradora expone que el Tribunal Supremo ya ha dictado cuatro sentencias favorables y concluyó que los informes de Hacienda pueden contradecir los informes vinculantes del Ministerio de Ciencia y Tecnología, a los que la aseguradora hace referencia y con los que justifica dicha deducción.
Por último, la aseguradora también se vio afectada por el impuesto complementario a grandes grupos. De esta manera, las multinacionales españolas se verían gravadas en función de si en los países en los que opera, el tipo impositivo es inferior al 15%. No obstante, a Mapfre solo le repercutió con 4,4 millones, ya que «está está principalmente presente en jurisdicciones con tipos de gravamen superiores al 15%».