El instructor toma esta decisión horas después de que el máximo representante de la Fiscalía haya aportado la fianza mediante un aval inmobiliario y antes de que la Sala se pronuncie sobre el inminente recurso de apelación de García Ortiz para intentar reducir ese importe, que la defensa de González Amador quiere que se eleve a 300.000 euros.
El recorte del montante fijado el pasado día 9 en el auto de apertura de juicio oral -en el que el fiscal general se enfrenta a una posible condena de hasta seis años de prisión por revelación de secretos- obedece a que Hurtado excluye ahora de esos 150.000 euros la eventual multa que se pueda imponerle por ese delito, que sí se había incluido en su cálculo inicial.
La defensa de González Amador ya advirtió al instructor en su recurso para intentar elevar la fianza a 300.000 euros de que corrigiese el error de integrar la multa contemplada para el delito de revelación de secretos en el cálculo de los 150.000 euros establecidos inicialmente como fianza, esgrimiendo para ello la doctrina del Tribunal Constitucional.
Pero Hurtado desliga la rebaja de la fianza que ahora acuerda de ese recurso de reforma (el que se interpone ante el propio instructor), todavía no resuelto, y explica que se limita a introducir un elemento que no fue tenido en cuenta cuando se fijaron esos 150.000 euros. «Puesto que tiene repercusión favorable al acusado, no es cuestión de esperar más tiempo y prolongar la decisión sobre este particular, por cuanto que, aun sin necesidad de recurso, el propio juez, de oficio, puede hacer modificación en la cantidad, en función de las circunstancias que se le presenten», argumenta.
El juez del Supremo añade que acuerda la rebaja que entiende «oportuna en atención a esa nueva circunstancia, dejando para el debate del recurso el resto de las consideraciones sobre los demás particulares, en particular el relativo a la cuantía por responsabilidad civil».
En su recurso para reclamar que esa fianza se eleve a 300.000 euros, la defensa del empresario pone sobre la mesa los «daños morales padecidos» tanto por González Amador como por «su entorno familiar directo como consecuencia de los hechos delictivos» que se atribuyen a García Ortiz. Un perjuicio que -recuerda- se actualiza «diariamente».
«No ha existido día desde el 14 de marzo de 2024 en que algún personaje político o periodístico, con el ministro de Justicia a la cabeza, no denomine a través de los medios de comunicación a D. Alberto González Amador como delincuente confeso o defraudador confeso», incide su letrado, Rodríguez-Ramos.»Las lesiones procesales y los daños extraprocesales personales, familiares, profesionales y empresariales son continuos durante ya más de 550 días, actualizándose diariamente en la forma, intensidad y con los fines expuestos», sostiene el abogado de González Amador, para quien «jamás ha existido en nuestro sistema jurídico y constitucional una vulneración de los derechos fundamentales de un ciudadano tan intensa, lesiva y significativa derivada del comportamiento del entonces fiscal general del Estado».
«Siendo la lesión continuada y actualizada diariamente con la intensidad propia del relato político que persigue desde su origen -enfatiza- la indemnización de los continuos perjuicios morales no debe valorarse en un importe inferior a 300.000 euros»