Esta subida de precio se produce principalmente por la incorporación del gas estacional a la fórmula de revisión, como sucede todos los inviernos. El coste de la materia prima en esta revisión de octubre depende del coste del gas de base y del gas estacional, que se incorpora en los meses de invierno. Al incorporar el gas estacional, el coste de la materia prima aumenta un 24,9% con relación a la actualización de julio.
Sin embargo, el coste del gas de base se reduce un 6,5% por la bajada de la cotización del Brent (-4,8%) y la apreciación del euro frente al dólar (+3,2%). Y el coste del gas estacional también se reduce un 8,6% por el descenso de la cotización de los futuros del gas natural. Según una resolución publicada este martes en el Boletín Oficial del Estado (BOE), el precio para la TUR 1, a la que están acogidos fundamentalmente los clientes que utilizan el gas para el suministro de agua caliente, sube un 12% anual con impuestos.
Por su parte, para los hogares con TUR 2, a la que están acogidos principalmente los clientes domésticos que además tienen calefacción de gas, lo hace un 13,1%, mientras que la factura anual para los consumidores de la tarifa TUR 3 (consumos anuales entre 15.000 kilovatios hora y 50.000) subirá un 13,8%.
En cuanto a las comunidades de vecinos, que desde octubre de 2022 pueden acogerse a la TUR, se producirá una subida de entre el 12% y el 20,1% de su parte variable. En concreto, el término variable de la TUR vecinal se incrementa en un 15% en la TUR 4, en un 15,8%en la TUR 5, en un 17% en la TUR 6, en un 19,2% en la TUR 7, en un 19,6% en la TUR 8, en un 19,9% en la TUR 9, en un 19,8% en la TUR 10 y en un 20,1% en la TUR 11.
TUR de gas natural es una tarifa regulada a la que puede acogerse cualquier consumidor conectado a redes de gas natural con un consumo anual inferior o igual a 50.000 kilovatios hora (kWh) y se revisa trimestralmente el día 1 de los meses de enero, abril, julio y octubre de cada año, produciéndose su actualización siempre que el coste de la materia prima incluido en la tarifa experimente una variación al alza o a la baja superior al 2% respecto al valor empleado en la tarifa en vigor o, en cualquier caso, cuando entren en vigor nuevos peajes o cánones.