El abogado de Cristina Álvarez consideró «evidente» que la instancia superior al juez Peinado había incurrido en un «involuntario error material» al señalar como «primer indicio» de la malversación que «sería la primera vez» que el puesto de asistente de la mujer del presidente del Gobierno «no se hace recaer en un funcionario experto en protocolo, para el mejor ejercicio de la función». Asimismo, los magistrados madrileños apuntaron a que había indicios delictivos en que se nombrase como directora de Programas de Presidencia del Gobierno, al servicio de la cónyuge del jefe del Ejecutivo, «a una persona de la máxima confianza» de Gómez.
El letrado de Pablo defendió que esto no se corresponde con la realidad, dado que –según él– «todos los asistentes de todas las esposas de todos los presidentes de la democracia han recaído sobre personas de la máxima confianza de la esposa de cada presidente y nunca en expertos en protocolo».
La defensa de la asesora imputada aludió a que la mujer del último mandatario popular, Elvira Fernández, tuvo como asistente personal al hoy diputado del PP Jaime de los Santos y puso en valor, en este sentido, que es «licenciado en Historia del Arte» y no posee «formación y conocimiento en protocolo». Era, según De Pablo, «de la máxima confianza» de la esposa de Mariano Rajoy.
En su escrito dirigido a la Sección 23, adjuntó, además, una fotografía en que aparecen tanto Fernández como De los Santos para indicar que él «le acompañaba de compras». En base a ello, la defensa de Álvarez se pregunta si el ahora parlamentario «cometió malversación por ayudar a Fernández a cargar con la bolsa de la compra». De igual forma, esta parte puso de relieve ante la Audiencia de Madrid que la mujer del expresidente socialista José Luis Rodríguez Zapatero, Sonsoles Espinosa, tuvo dos asesoras a su cargo «sin formación ni conocimientos en protocolo» y que una de ellas era «amiga íntima suya de León».
Lo mismo expuso respecto a las asistentes que tuvieron tanto la mujer de José María Aznar, Ana Botella, como la de Felipe González, Carmen Romero, que en el momento de su nombramiento no consta que se hubiesen formado en materia protocolaria.
Por todo ello, la representación letrada de la alto cargo de Moncloa estima que los magistrados madrileños erraron al resolver en su auto que «resulta dudoso y puede ser el primer indicio que sustente la malversación» que el nombramiento de la asistente de Gómez «haya recaído en una amiga íntima» como es Álvarez. La defensa de la asesora menciona que esta circunstancia estaría avalada por la legislación que regula al personal de libre designación y eventual en cuanto a que su nombramiento «se debe, precisamente, a la confianza».
La Audiencia de Madrid denegó el pasado 20 de enero la aclaración solicitada al no apreciar error alguno. La Sala contestó a la asesora que el «párrafo mencionado contiene una probabilidad, que se valora en la resolución referida». Concretamente, que «resulta plausible la implicación mutua en asuntos particulares de dos personas que son amigas, a diferencia de quien actúa desde una posición neutral de funcionario».
Respecto a la referencia que su abogado hace sobre las antecesoras de Álvarez en el cargo, la Audiencia de Madrid estima que «carece de sentido, pues a través de la comparación no logra justificar la actuación de la investigada Álvarez en favor de Gómez, excediéndose de las funciones encomendadas». Para presuntamente encargarse de gestiones y asuntos diarios de la cátedra extraordinaria de Transformación Social Competitiva que la pareja de Sánchez codirigió en la Universidad Complutense de Madrid (UCM).
En aquella resolución, conocida por este diario, sobre la que la defensa de Álvarez solicitaba una aclaración, los jueces María del Rosario Esteban, José Sierra y Enrique Jesús Bergés avalaron que el titular del Juzgado de Instrucción número 41 de Madrid siguiese investigando los indicios de que la asesora gubernamental habría incurrido, al igual que Gómez, en un desvío de fondos públicos al asumir estas tareas de la actividad profesional y privada de la mujer del presidente.
Al apreciar, también ellos, que la actividad de la alto cargo parecía «más propia de una amiga interesada en asuntos lucrativos, que en la fría labor de la encargada de la agenda y demás asuntos protocolarios».
