En un auto, los magistrados del órgano superior señalan que “en el presente caso la urgencia en sí no se justificó para practicar la medida restrictiva de derechos de la forma en que se hizo puesto se practicó tanto en el domicilio del investigado como en sus empresas, sin justificar la urgencia para practicarse cuando el investigado se encontraba ingresado en el hospital constando los informes médicos en la causa”.