Así lo ha acordado el magistrado del Tribunal Supremo, Puente, a instancias de la Fiscalía Anticorrupción y del resto de acusaciones del «caso Koldo», en una resolución en la que el magistrado considera la medida adecuada y proporcional para evitar el riesgo de fuga.
El instructor explica en su auto que no es razonable acordar medidas más gravosas, como la prisión provisional, puesto que ya compareció voluntariamente el pasado mes de diciembre. Ahora bien, entiende que «persisten los indicios de criminalidad» puesto que podría haber intervenido en la adjudicación de los contratos de pandemia a Soluciones de Gestión.
«Los resultados obtenidos de la investigación permiten afirmar que el asesor del aforado ante esta Sala, don Koldo García Izaguirre, intervendría activamente en la contratación y, al tiempo, realizaría operaciones para ocultar los cobros recibidos de la organización y en las que el aforado ante esta Sala, don José Luis Ábalos Meco, también habría podido intervenir utilizando los oficios de su asesor en el Ministerio e, indiciariamente, disfrutando de los ilícitos beneficios económicos que tales actuaciones pudieran haberle generado», reza el magistrado.