Tras dar cuenta brevemente de lo recaudado la nota se explaya dando unas explicaciones que tratan de justificar el atraco a mano armada que supuso y sigue suponiendo estos impuestos que solo han servido para que el gobierno siga gastando miles de millones en gastos y mas gasto sin otro fin que mantener el poder y seguir disfrutando de lo que eso lleva consigo.
Así, según se auto justifica ,estas figuras, fueron aprobadas a finales de 2022, y se enmarcan en una política fiscal del Gobierno justa y progresista donde se pide un mayor esfuerzo a quienes más tienen, como son las grandes multinacionales a través de un tipo mínimo del 15% o de los grandes patrimonios mediante el Impuesto de Solidaridad de las Grandes Fortunas.
En este sentido, -continua- tanto las entidades de crédito como las energéticas acumulan cifras récord de beneficios, por lo que es coherente una mayor contribución fiscal, que redunde en mejores servicios públicos para la mayoría social del país.
Al mismo tiempo, la política fiscal del Gobierno ha permitido aliviar la carga impositiva de las rentas medias y bajas a través de la mayor rebaja de la historia en impuestos vinculados a la energía o del IVA, que ha supuesto un ahorro para las familias de 25.000 millones de euros.
A esta cantidad hay que añadir la rebaja del IRPF a las rentas hasta 21.000 euros, que ha supuesto 5.000 millones de ahorro en las retenciones del impuesto. También la reducción del Impuesto de Sociedades del 25% al 23% para las pymes con una facturación hasta un millón de euros.
Los gravámenes de la banca y de las energéticas se configuran como una prestación patrimonial de naturaleza no tributaria, siguiendo las pautas establecidas por la doctrina del Tribunal Constitucional, como un instrumento para hacer efectivo el denominado principio del “reparto del esfuerzo”. En el caso de las energéticas, afecta a los ‘operadores principales’, de acuerdo con la normativa reguladora de los mercados y la competencia, así como las personas o entidades que desarrollen en España actividades de producción de crudo de petróleo o gas natural, minería de carbón o refino de petróleo y que generen, en el año anterior al del nacimiento de la obligación de pago de la prestación, al menos el 75% de su volumen de negocios a partir de actividades económicas en el ámbito de la extracción, la minería, el refinado de petróleo o la fabricación de productos de coquería.
No obstante, están exentos del pago aquellos ‘operadores principales’ cuyo importe neto de la cifra de negocios correspondiente al año 2019 sea inferior a 1.000 millones de euros y aquellos cuyo importe neto de la cifra de negocios correspondiente, respectivamente, a los años 2017, 2018 y 2019 derivado de la actividad que hubiera determinado su consideración como operador principal de un sector energético no exceda del 50% del total de dicho importe cada año respectivo. La base imponible es el importe neto de la cifra de negocios anual, sobre la que se aplica un porcentaje del 1,2%. En cuanto al gravamen a las entidades financieras, se ven afectadas entidades y establecimientos financieros de crédito cuyos ingresos por comisiones e intereses a los clientes superen los 800 millones de euros. En este caso, la base imponible es la suma del margen de intereses y de los ingresos y gastos por comisiones, y el porcentaje aplicable es del 4,8%.
¿Alguien entiende a que viene esta historieta cuando lo que se está discutiendo es el cupo catalán y el despilfarro y la injusticia fiscal que ello conlleva?
Nosotros no, a lo mejor los chicos de Montero, si.