La sala mantiene la fecha del 30 de septiembre porque, dice, «en este caso se ha seguido el sistema de reparto ordinario de asuntos puesto que no se trata de un asunto de resolución preferente».
El abogado de Gómez, Camacho, recurrió el señalamiento de la sala de apelaciones madrileña, previsto más de tres meses después de interpuesto el recurso por «las graves violaciones del derecho de defensa de la recurrente y de las demás investigados». Añadía que «una justicia tardía puede causar daños irreparables en el derecho de defensa de los investigados» y que «en pocas semanas la instrucción está plagada de actuaciones que vulneran el derecho de defensa y al derecho de un proceso justo». Por eso, de no atajarlo, «lo único que permite es que esa endiablada investigación vulneradora del derecho de defensa continúe». Lo que defensa y fiscalía califican de «investigación prospectiva». La sala responde que «las vulneraciones del derecho de defensa que se expresan en el mismo exceden del objeto del recurso que impugna el señalamiento de la deliberación, votación y fallo del recurso de apelación».