El inicio del procedimiento de infracción tiene la forma de una carta de emplazamiento que informa a las autoridades españolas de que no han cumplido los plazos de transposición y establece un plazo de dos meses para que pongan remedio. En caso de que no se resuelvan los problemas, los servicios comunitarios podrán enviar un dictamen motivo, segunda fase del expediente, que ofrece un nuevo plazo de diálogo para avanzar en la solución antes de decidir si pasan a la tercera y última fase del proceso, que supone denunciar al Estado miembro ante el Tribunal de Justicia de la UE (TJUE).
Junto a España, el Ejecutivo comunitario ha abierto expediente por la misma razón a Bélgica, Bulgaria, República Checa, Dinamarca, Irlanda, Grecia, Francia, Croacia, Chipre, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Países Bajos, Austria, Polonia, Portugal, Rumanía, Eslovenia y Eslovaquia.