Peinado toma esta medida después de pedirlo la acusación particular, es decir, la asociación Hazte Oír. El magistrado, en cambio, descarta citar a Víctor de Aldama, comisionista del caso Koldo, como testigo.
Esta medida ha sido adoptada por el juez en respuesta a la solicitud presentada por las acusaciones populares, quienes señalan que la esposa del presidente Pedro Sánchez habría hecho uso del correo «bgomez@presidencia.gob.es» con fines relacionados con actividades privadas. Según el auto judicial al que ha tenido acceso THE OBJECTIVE, «se considera necesario conocer la existencia de cualquier medio utilizado para comunicarse con distintas empresas que colaboraron con la Cátedra de Transformación Social Competitiva dirigida inicialmente por la investigada María Begoña Gómez Fernández y posteriormente codirigida junto con otro profesor».
Las acusaciones indicaban en su escrito que Gómez hacía uso de dicha cuenta «a pesar de no ostentar ningún cargo público», lo que, a su juicio, podría «ser de relevancia tras conocerse a través de las recientes testificales que (…) realizó diversas reuniones de manera telemática». Esta diligencia forma parte de la investigación que lleva el magistrado, en la cual se le atribuyen a Begoña Gómez posibles delitos de apropiación indebida e intrusismo profesional, en relación con la retención del software desarrollado para su máster en la Universidad Complutense de Madrid.
Gómez habría solicitado a directivos de compañías como Indra, Telefónica y Google que desarrollaran gratuitamente dicho software para el máster de Transformación Social Competitiva. Posteriormente, registró la aplicación informática en la Oficina Española de Patentes, además de tener el control total de las acciones de una empresa que la comercializa.
En octubre, el juez ya había advertido que estos hechos podrían «evidentemente» constituir un caso de apropiación indebida: «Se podría inferir, a priori, que la querellada, vinculada como codirectora de la cátedra de Transformación Social Competitiva a la Universidad Complutense de Madrid, habría inscrito a su favor, como titular de la entidad Mercantil Trasforma TSC SL, la marca TSC Transformación Social Competitiva y posteriormente el software de la Cátedra Transformación Social Competitiva, que había sido financiado por empresas, pero siempre para la Universidad Complutense de Madrid».
En la resolución comunicada este martes, el juez decide avanzar en la aclaración sobre el uso del correo institucional en sus comunicaciones con las empresas, pero rechaza la solicitud de interrogar como testigo al empresario Víctor de Aldama. A pesar de que las acusaciones argumentaban que su testimonio podría arrojar luz sobre presuntas irregularidades en el rescate de Air Europa, Peinado les recuerda que la Audiencia Provincial de Madrid ya le ordenó archivar esa línea investigativa.
Por tanto, concluye que «no cabe admitir, por no resultar pertinente, la declaración solicitada», aunque sugiere otras vías para que Aldama pueda declarar si así lo desea: «Cuestión distinta sería que, como se supone que afirma en la citada entrevista, está dispuesto en poner en conocimiento de un órgano judicial determinados hechos, pida comparecer ante el juzgado que actualmente investiga la causa en la que tiene la condición de investigado (…) y ponga de manifiesto lo que estime conveniente».
A partir de ahí, el magistrado indica que el instructor del Tribunal Supremo que mantiene imputado a Aldama, Leopoldo Puente, podría emitir «el correspondiente testimonio» y remitirlo al juzgado de Peinado, permitiendo reabrir la investigación sobre Air Europa. Paralelamente, también deja la puerta abierta a que Aldama declare ante «un fedatario público, realizando las manifestaciones que considera relevante y, en su caso, fueran aportadas y valoradas sobre la necesidad o conveniencia para que sea citado como testigo».