En el documento técnico (encargado por la abogada del Estado que representa a la fiscal provincial de Madrid, Pilar Rodríguez, coimputada junto con su máximo superior jerárquico, Álvaro García Ortiz) y en la providencia posterior dictada por el magistrado para su incorporación al sumario, se acredita que el letrado público que recibió el correo confidencial del abogado de la pareja de Díaz Ayuso, de fecha 2 de febrero de 2024, «nunca reenvió la comunicación». Una conclusión que despeja líneas importantes sobre el origen de la filtración que, por descarte, ha de situarse en otro foco.
No en vano, el perito confirma que en «absoluto existe evidencia que respalde el reenvío del correo objeto del dictamen o el contenido de la carta publicada en prensa» desde la cuenta de correo asignada a la Abogacía del Estado. Es decir, cierra la puerta a una de las tesis planteada por la Fiscalía que, desde el inicio de las pesquisas, insistía en cómo el Ministerio Público no era la única Institución conocedora del contenido de dicho e-mail antes de su difusión no autorizada.
Así se desprende del contenido del escrito de 36 páginas en las que, con todo detalle, el ingeniero informático que lo firma analiza los registros del sistema de correo electrónico Microsoft 365 de la Abogacía del Estado. Esto es, el rastro de las comunicaciones entrantes y salientes de la cuenta asignada al abogado del Estado que intervino en el asunto tributario del empresario González Amador, pareja de la presidenta de Madrid.