Esta novedad en el cálculo de la tributación ha sido incluida en la ley de acompañamiento de los presupuestos por el departamento de Economía de la comunidad autónoma. Por lo tanto, la reforma no cuenta aun con la garantía de ser apoyado por el resto de grupos, con los que aún se tienen que negociar el texto.
De ser aprobada, un total de 2,6 millones de ciudadanos podrán beneficiarse de la rebaja en el tipo autonómico del IRPF en Cataluña. Esta cifra supone cambios en la tributación para casi tres de cada cuatro contribuyentes. En concreto, un 73% del total se verá beneficiado por esta medida.
Para el resto de contribuyentes la medida tendrá un impacto neutro, ya que se ajustaría al alza ligeramente (unas décimas) la tributación en otros tramos para que a los que ingresen más de 33.000 euros no les represente ningún impacto y sigan pagando lo mismo que hasta ahora.
Otra de las medidas propuestas por la Generalitat consiste en rebajar el número de tramos de tributación del IRPF de los nueve actuales a ocho. Con ese cambio, se persigue que los límites entre tramos sean mayores y así se evite que una subida salarial para compensar que la inflación de los últimos meses pueda provocar que algún contribuyente acabe pagando un tipo más alto que hasta ahora.
En el caso de un contribuyente con ingresos de 24.900 euros brutos anuales, con los cambios que prepara la Generalitat la mitad de estos tributaría al 9,5% por la escala estatal y la otra mitad, que antes tributaba al 10,5%, según había determinado la Generalitat, ahora lo hará también al 9,5%. El ahorro estimado para este contribuyente sería de 125 euros y la rebaja respecto al tramo autonómico, de casi un 10%. De esta forma, los contribuyentes catalanes de menos rentas ya no serán los que paguen más de entre las comunidades de régimen común, y Cataluña tampoco se situará en el resto de los tramos del impuesto como la comunidad con un tipo de tributación más alto.
Aunque la Generalitat apruebe esta medida en los presupuestos de 2024, la medida no entraría en vigor hasta el siguiente, cuando los contribuyentes hagan la declaración de la renta. Con todo, esa medida estaría en vigor con carácter retroactivo el 1 de enero.