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CONDENA HISTORICA. García Ortiz inhabilitado por dos años

La Sala II del Tribunal Supremo, ha condenado al fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz a dos años de inhabilitación por revelación de secretos.

RedaccionRedaccion—20 de noviembre de 20250
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Además por este delito se le condena a una multa de 12 meses con una cuota diaria de 20 euros, es decir 7.200 euros, y al pago de las costas procesales correspondientes incluyendo las de la acusación particular.

En concepto de responsabilidad civil, el condenado deberá indemnizar a la pareja de la presidenta de la Comunidad de Madrid, Alberto González Amador, con 10.000 euros por daños morales. No obstante, le absuelven «del resto de los delitos objetos de la acusación», y todos aquellos objetos que se le intervinieron en los registros serán devueltos a sus titulares, «y, en su caso, se destruirán».

Se trata de un adelanto de la sentencia, cuya resolución incluirá dos votos particulares de las magistradas Ana María Ferrer García y Susana Polo García, quienes discrepan del fallo. Este desacuerdo ha supuesto un cambio en la ponencia, que pasa a ser asumida por el presidente de la Sala Segunda, Andrés Martínez Arrieta.

De momento no hay reacción oficial por parte del Gobierno, excepto del ministro para la Transformación Digital y de la Función Pública, López, que ha conocido la noticia al salir del evento de Metafuturo: «Cuando lo vea lo valoré. Voy a morderme la lengua y a ser prudente». Lo que sí nos confirman a Antena3 Noticias es que «respetan» pero «no comparten» la decisión del Supremo.

Qué pasa ahora tras la condena del fiscal general

Garcia Ortiz cuenta todavía con una posibilidad para evitar la inhabilitación, presentar un incidente de nulidad en ese mismo tribunal, y en caso de que se rechace, acudir al Constitucional.

Este incidente de nulidad es un mecanismo por el cual el condenado pide al tribunal que ha dictado la sentencia que la anule por vulneración de derechos fundamentales. Por ese motivo, es muy complicado que prospere, ya que implicaría que el Supremo reconoce que ha vulnerado los derechos fundamentales del condenado en su propia sentencia. Sin embargo, es un trámite necesario para presentar un recurso de amparo en el Tribunal Constitucional.

Por su parte, el TC no revisaría los hechos ni la interpretación jurídica general, sino si en el proceso o en la sentencia del Supremo se han violado derechos fundamentales. En ese punto, también puede decidir suspender cautelarmente la condena mientras estudia el caso, para evitar que se ejecute una pena que luego podría declararse injusta.

Sin embargo, el incidente rara vez prospera, pero es un paso obligatorio. Solo si el Supremo rechaza esa petición podrá acudir al TC.

El alto tribunal considera probado que García Ortiz filtró un correo electrónico en el que Alberto González Amador, pareja de la presidenta madrileña Isabel Díaz Ayuso, admitía un fraude fiscal. Por ello, además de la pena de inhabilitación especial para ejercer el cargo de fiscal general del Estado durante dos años, deberá indemnizar a González Amador con 10.000 euros por daños morales y pagar las costas procesales, incluidas las de la acusación particular.

La sentencia marca un hecho insólito. Es la primera vez que un fiscal general del Estado es juzgado y condenado en España. El fallo, adelantado solo una semana después de que concluyera el juicio, no ha sido unánime. Cinco de los siete magistrados de la Sala de lo Penal respaldaron la condena, mientras que las juezas progresistas Ferrer y Polo emitieron un voto particular discrepante.

La división interna del tribunal ha tenido incluso consecuencias en la autoría de la sentencia. Inicialmente, la magistrada Polo era la ponente designada, pero su desacuerdo con el sentido del fallo ha llevado a que el presidente de la Sala de lo Penal, Martínez Arrieta, asuma la redacción definitiva.

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