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  Economía  El sector industrial necesita prorrogar el contrato relevo
EconomíaIndustria

El sector industrial necesita prorrogar el contrato relevo

El sector industrial reclama al Gobierno en funciones extender las condiciones del contrato relevo en el sector, prorrogadas hasta final de este año, así como retomar la negociación sobre esta modalidad, bonificada y vinculada a las jubilaciones parciales, que quedó pendiente tras el adelanto electoral.

RedaccionRedaccion—5 de noviembre de 20230
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«Hay que renovar lo pactado hasta 2027 y abrir una mesa para analizar qué sectores y qué actividades concretas podrían tener ese contrato relevo», reclama el secretario general de la Federación de Industria (FICA) de UGT, Hoya, que avanza movilizaciones antes de final de año si no se cumplen esas peticiones.
Lo mismo opina la secretaria general de Industria de CCOO, Espejo, quien reclama extender las condiciones del contrato relevo para el sector manufacturero hasta que se aborde una negociación más amplia sobre este modelo de contrato que, según explica a EFE, debe ampliarse a todos los sectores. Para UGT, en cambio, esa extensión del modelo debe circunscribirse a una serie de actividades, como la construcción o las camareras de piso, las llamadas «kellys», y no hacerse de forma generalizada, explica Hoya.

La patronal Confemetal también señala la importancia de este mecanismo para el rejuvenecimiento de las plantillas y el aumento de la formación en el sector industrial. «Que no se amplíe esta figura es una complicación. Si el plazo se acaba, las empresas no podrán recurrir a ello y las plantillas no se van a rejuvenecer ni aumentará la formación», señalan las mismas fuentes patronales que inciden en la falta de interlocutor ante un Gobierno en funciones.

El Gobierno se había dado de plazo hasta el pasado 30 de junio, y previa negociación en el marco del diálogo social, para presentar una propuesta ante el Pacto de Toledo para modificar la regulación de la jubilación parcial y el contrato relevo. La convocatoria anticipada de elecciones dejó el tema en el aire, pero sí se recogió como recomendación en el acuerdo para el empleo y la negociación colectiva (AENC) cerrado en mayo entre patronal y sindicatos, así como en el pacto programático entre el PSOE y Sumar en aras de reeditar el Gobierno progresista de coalición.
«Se llevará a cabo una nueva regulación de la jubilación parcial y del contrato de relevo que garantice la calidad en el empleo de los relevistas y que tenga en cuenta la mayor penosidad del desarrollo de ciertas actividades (en muchos casos, fuertemente feminizadas) a partir de cierta edad, especialmente de la industria manufacturera» recoge el programa.
El contrato relevo ha ido disminuyendo su presencia en los cinco últimos años hasta reducirse la mitad, pasando de los 15.487 que se firmaron en el año 2017 a los 8.391 del pasado año, según los datos de contratación disponibles en el servicio público de empleo (SEPE).

Sólo en los nueve primeros meses de 2023 se han firmado 5.894 contratos relevo, cifra que está en línea con los 5.827 rubricados en el mismo periodo del año pasado. Atendiendo a las actividades en las que se dan este tipo de contratos, destacan los 2.010 firmados en el ámbito de la administración pública, sumados a los 1.280 de la educación y los 854 de las actividades sanitarias. En la industria se cerraron 755 contratos relevo, principalmente en la fabricación de vehículos (248) y en la industria de la alimentación, mientras que en el ámbito del transporte y almacenamiento se dieron 197 de estos contratos en el transporte terrestre y por tubería y 151 en el almacenamiento.
Esta figura está recogida en el convenio colectivo estatal de la industria del metal y todos los acuerdos provinciales recogen la posibilidad de realizar un contrato relevo en casos de jubilación parcial, excepto los de Badajoz, Burgos, Cáceres, Málaga, Murcia, Orense y Pontevedra.

Según la memoria de la negociación colectiva en la industria del metal de 2022, elaborado por Confemetal, en Lérida y en Asturias se recoge la figura del contrato relevo, pero vinculada a la jubilación forzosa a los 65 años en caso de sectores masculinizados y siempre que se tenga derecho a la pensión completa.

 

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