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  Legal  El Tribunal de Cuentas deniega la videoconferencia a Puigdemont
Legal

El Tribunal de Cuentas deniega la videoconferencia a Puigdemont

El Tribunal de Cuentas ha denegado al expresidente de la Generalitat de Cataluña Carles Puigdemont la posibilidad de declarar por videoconferencia en el juicio contable que se celebra este viernes por la presunta desviación de fondos públicos para organizar el referéndum celebrado el 1 de octubre de 2017 y la promoción exterior de proceso independentista, a través del Consejo de Diplomacia Pública de Cataluña, conocido como Diplocat.

RedaccionRedaccion—15 de noviembre de 20230
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Según ha informado el órgano fiscalizador, la consejera del Departamento Segundo de la Sección de Enjuiciamiento ha dictado una providencia en la que explica que no da tiempo para organizar el interrogatorio telemático, ya que la petición se ha realizado con escasa antelación para poder ser tramitada conforme a los términos previstos por ley. La resolución señala que los solicitantes de su declaración han tenido casi un año para poder formular su petición y lo han hecho a cuatro días de que se celebre la vista.
Puigdemont, que se encuentra huido en Bruselas desde que la justicia española empezó a investigar y enjuiciar el procés, es uno de la treintena de ex altos cargos catalanes que está encausado en el Tribunal de Cuentas por los gastos del 1-O y del Diplocat. Tras iniciar el proceso contable en 2020, la Sala de Enjuiciamiento señaló en el calendario el 17 de noviembre de 2023 para juzgar la presunta responsabilidad contable en estos hechos.

Los encausados no tienen obligación de comparecer en la vista, salvo que sean citados a declarar por algunas de las partes. En este caso, fueron los codemandados Lluis Puig i Gordi, Josep Manuel Suárez Iborra y Martí Anglada Birulés los que pidieron interesaron la declaración del expresidente catalán, si bien “por primera y única vez”, como resalta la providencia, solicitaron que el interrogatorio se practicara por videoconferencia el pasado 13 de noviembre. Además de argumentar la falta de tiempo material, la Sección de Enjuiciamiento advierte de que los solicitantes no han explicado ni justificado las causas y razones por las que Puigdemont no podría comparecer en la sede del Tribunal de Cuentas, en Madrid.

La celebración del juicio contable se mantiene, a pesar de que, previsiblemente, no tenga efectos prácticos. La proposición de ley de amnistía que el PSOE ha registrado en el Congreso de los Diputados incluye la extinción de todas las “responsabilidades civiles y contables” derivadas del proceso independentista de Cataluña. En este sentido, con la entrada en vigor de la norma, todas la causa en el Tribunal de Cuentas decaerá ya sea por su archivo o por el dictado de una sentencia de absolución, tal y como establece el texto que aún no se ha comenzado a tramitar.

También quedarán sin validez todas las órdenes de nacionales, europeas e internacionales de detención, y su posterior ingreso en prisión, que pesan sobre Puigdemont y los otros tres exconsejeros que también se encuentran fugados.
Precisamente, los encausados de ERC han pedido que se suspenda la vista a la espera de la aprobación de la ley de amnistía. Los republicanos consideran que es “altamente probable” que la entrada en vigor de la norma tenga lugar en los próximos meses y aseguran que el juicio del viernes puede “acarrear cargas procesales innecesarias”, según ha informado la agencia de noticias Europa Press. Hasta el momento no ha trascendido respuesta alguna del Tribunal de Cuentas.
No es la primera vez que se solicita la suspensión del juicio. De hecho, recientemente Puigdemont y los exconsejeros huidos Lluís Puig, Toni Comín y Clara Ponsatí pidieron que no se celebrara la vista porque consideran que primero debe haber una resolución penal firme. Sin embargo, el órgano fiscalizador rechazó esta pretensión.

La Fiscalía del Tribunal de Cuentas reclama a la treintena de exdirigentes de la Generalitat de Cataluña, de manera conjunta y solidaria, 3,4 millones de euros por el referéndum que el Tribunal Constitucional declaró ilegal. Esta cantidad está por debajo de los 4,1 millones de euros que los acusados afianzaron por el 1-O con el embargo de bienes y de los 5,4 millones por la promoción exterior que avaló la Generalitat, a través del Instituto Catalán de Finanzas (ICF). Por su parte, Sociedad Civil Catalana (la otra acusación) entiende que solo 11 exdirigentes de la Generalitat deben retornar a las arcas catalanas cinco millones de euros.

 

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