Sin embargo, el autor señala que la Comisión «apuesta claramente por un menor grado de intervención» que el Gobierno español, así como por compatibilizar la intervención pública a través de un mecanismo de subastas, dirigido a la entrada de nueva generación, con la promoción de los acuerdos comerciales entre generadores y consumidores y el desarrollo de otros instrumentos para aumentar la liquidez de los mercados a plazo. La propuesta de Bruselas comenzará a ser discutida por el Parlamento Europeo y el Consejo para su aprobación y entrada en funcionamiento. Entre las aportaciones recibidas durante el periodo de consulta previo figura la propuesta adoptada por el Consejo de Ministros español el pasado 10 de enero.
Fedea recuerda que el objetivo de la reforma del mercado eléctrico no es integrar instrumentos temporales, sino cambios normativos de carácter estructural en la configuración del mercado eléctrico, particularmente en los mercados a plazo.
Los cambios fundamentales que se proponen se sustancian en la modificación del Reglamento y de la Directiva del mercado interior de la electricidad. En el primer caso se recogen las disposiciones que afectan a los mercados mayoristas, mientras que en la Directiva principalmente se integran las que afectan a los consumidores finales. Según Fedea, los cambios más relevantes en el Reglamento se integran en un nuevo capítulo en el que, por primera vez, se regulan los contratos de compra de energía a largo plazo en condiciones comerciales, denominados PPAs (Power Purchase Agreements), así como los contratos de compra a largo plazo basados en la liquidación por diferencias, los CfDs. Por lo que se refiere a los PPAs, Fedea subraya el reconocimiento creciente que la Comisión Europea les ha ido prestando como instrumento para la promoción de nueva entrada de generación renovable.
De hecho, la nueva propuesta de la Comisión establece los requisitos y procedimientos para facilitar el desarrollo de estos contratos entre generadores y consumidores, incluyendo la novedad de que en los procedimientos de apoyo público se dé preferencia a los licitadores que presenten un PPA firmado o un compromiso de firmar un PPA para parte de la generación asociada al proyecto. Según la propuesta de la Comisión, el apoyo público debe tomar la forma de subastas mediante la que se establecen contratos de largo plazo en forma de CfDs con los promotores de nuevas inversiones en generación renovable y nuclear, excluyendo en el primer caso a la generación hidráulica con embalse.
La propuesta de la Comisión establece que los mayores ingresos obtenidos en caso de que el precio del mercado sea superior al precio establecido en el contrato a largo plazo con el generador debe repartirse de modo proporcional entre todos los consumidores.
Para Fedea, la propuesta del Gobierno español se alinea con la de la Comisión en el reconocimiento del papel que juega el mercado de corto plazo y la necesidad de preservarlo, así como en la necesidad de potenciar los mercados a plazo.
«Sin embargo, la propuesta del Gobierno no prestaba atención a los PPAs, pese a su mayor relevancia relativa en relación con los países de nuestro entorno, y apostaba decididamente por el desarrollo de los CfDs como forma de contratación centralizada de buena parte de la electricidad con los generadores», apunta Fedea.
En cambio, añade, la propuesta de la Comisión posibilitaría el uso de estos contratos como mecanismo vinculado a la entrada de nueva generación renovable y a las inversiones en la generación nuclear. Sin embargo, no en la generación hidráulica con embalse, como planteaba la propuesta del Gobierno español.
Tampoco se podría hacer uso de CfDs con la generación eólica, solar o con biomasa ya instalada, como se planteaba en la propuesta española, salvo que se tratase de generación asociada a ampliaciones o repotenciación de la capacidad ya instalada, resalta Fedea.