Incluía en tal expediente a Francia, Italia, Bélgica, Hungría, Malta, Polonia y Eslovaquia, pero eximía a España. Una decisión que la autoridad fiscal europea ha criticado y que tilda de «discrecional», considerando que su déficit se situaba en el 3,6%.
La Junta Fiscal Europea, una suerte de autoridad fiscal comunitaria con un rol similar a la AIReF, ha juzgado este miércoles que la decisión del Ejecutivo comunitario sobre los procedimientos por déficit excesivo plantean «problemas de coherencia» tanto por el marco temporal al que se aplica como por los Estados miembro implicados. «En junio de 2024, la Comisión propuso abrir procedimientos por déficit excesivo a siete Estados miembros sobre la base de los datos de resultados de 2023. España se libró a pesar de tener un déficit del 3,6% del PIB en 2023, muy por encima del 3% del PIB», apunta la autoridad fiscal europea en su informe anual publicado este miércoles.
El documento evidencia la «discrecionalidad» de tal decisión. La Comisión declaró, explícitamente, que la doble condición no se cumplía. En situaciones similares en el pasado, observa el informe, el Ejecutivo comunitario remitiría una propuesta al Consejo de la UE de cara a determinar si se cumplen los parámetros para aplicar el procedimiento por déficit excesivo.
Esta vez, sin embargo, la Comisión Europea evitó aplicar este procedimiento argumentando que «no serviría, en esta fase, para un propósito útil», recuerda la autoridad fiscal. Bruselas hizo referencia a sus propias previsiones económicas, que apuntaban que el déficit se rebajaría al 3% en 2024, lo que según los pronósticos de la Comisión, se alcanzaría sin más medidas fiscales.
La Comisión Europea optó en junio por conferir cierta flexibilidad y más peso a la senda descendiente que dibujará el déficit en los próximos años, corrigiendo el exceso del pasado ejercicio. Así es que consideró que la desviación de Madrid sería temporal y volvería sobre las cifras en próximo otoño.
«Uno de los valores del procedimiento por déficit excesivo es que se basa en hechos observables. Y los hechos observables para 2023 es que el déficit se situaba en el 3,6%», ha indicado el presidente de la Junta Fiscal Europea, Niels Thygesen. Si bien ha concedido que las previsiones de la Comisión Europea apuntaban a un descenso al 3% en 2024, ha subrayado que el principio de un procedimiento por déficit excesivo es que «debe basarse en lo que vemos y no en lo que proyectamos». Es por ello que el experto ha puntualizado que el Ejecutivo comunitario habría estado en lo correcto abriendo un procedimiento sancionador a España. «Creo que ha sido un error», ha aseverado. «Este elemento de discrecionalidad que no figura en las disposiciones legales pertinentes», apunta en su análisis la AIReF comunitaria. Además, advierte de que, por primera vez, Bruselas dividió la propuesta para el Consejo sobre la existencia de un procedimiento por déficit excesivo y la propuesta sobre cómo corregirlo. «Esto plantea importantes retos y no debe sentar un precedente para el futuro».
El Ejecutivo comunitario volverá a evaluar la situación en otoño de este año. El informe no proporcionaba «una evaluación completa sobre si los Estados miembros cumplían el criterio de la deuda, por la falta de una senda de gasto neto que sólo estará disponible cuando se acuerden los planes estructurales fiscales a medio plazo», apunta el organismo comunitario.
Cabe recordar que el pasado julio, la Junta Fiscal Europea pedía a los países con niveles elevados de deuda, entre ellos España, que realizaran un «ajuste fiscal extra», es decir, que adopten una política fiscal restrictiva aprovechando que se dan unas condiciones económicas favorables y el impulso de los Planes de Recuperación.
«Los Estados miembros con niveles de deuda alta como Bélgica, Grecia, España, Francia e Italia, que según el último de la Comisión (11 países) están clasificados como de alto riesgo a medio plazo, deberían aprovechar la oportunidad para hacer un esfuerzo adicional para reducir sus déficits presupuestarios», apuntaba su análisis.