El recurso explica que la condena hizo un análisis “fragmentado y parcial” de los hechos, omitiendo pruebas de descargo de enorme relevancia como los testimonios de periodistas que aseguraron disponer del correo electrónico con la confesión de González Amador antes de que lo recibiera el fiscal general, en la noche del 13 de marzo de 2024. Además, estos periodistas negaron que García Ortiz fuera su fuente.
La Abogacía del Estado sostiene que el Supremo procedió a una interpretación novedosa del secreto profesional de los periodistas para vaciarlo de contenido aunque la jurisprudencia del Constitucional protege ese derecho de los periodistas a no revelar sus fuentes y a guardar silencio como garantía del derecho a la información. Insiste en que la condena es insostenible a tenor de esas declaraciones que el TS decisión excluir del relato de la sentencia.
La defensa de García Ortiz rechaza que el borrado de los mensajes del teléfono móvil del exfiscal general pueda servir para romper la presunción de inocencia y señala que “la interpretación que recoge la sentencia vulnera el derecho a no declarar contra uno mismo, ya que el borrado equivale a un silencio por parte del acusado”.
Sobre la nota de prensa difundida por la Fiscalía para desmentir el bulo propagado por el jefe de gabinete de la presidenta Ayuso, Miguel Ángel Rodríguez, la defensa del exfiscal inste es que fue un ejercicio legítimo de libertad de expresión institucional para desmonta una información “absolutamente falsa e infundada” que dañaba la imagen de la Fiscalía.
El recurso también se detiene en denunciar el “desproporcionado” registro hecho por la Guardia Civil en el despacho de García Ortiz y el estudio de sus comunicaciones incluso privadas por la falta de límites al material objeto de investigación.
Finalmente, la Abogacía del Estado critica la interpretación “expansiva y novedosa” que hace el Tribunal Supremo del delito de revelación de secretos al incluir la nota oficial en la que se aludía a datos que eran conocidos a través de los medios de comunicación. A su entender, sólo puede hablarse de revelación de secretos cuando se difunde algo verdaderamente reservado o desconocido.
