En efecto, la última EPA refleja que el porcentaje de trabajadores que se quedan al terminar su horario ha caído hasta el 4,68%. La encuesta realizada por el Instituto Nacional de Estadística cada trimestre muestra que esta proporción de trabajadores se mantiene en el entorno del 5% desde el año 2018, antes de que entrara en vigor la obligación de que todas las empresas y administraciones públicas registraran los tiempos de entrada y salida de sus plantillas. Dentro de este promedio, existen variaciones por las que en cada ejercicio suele caer el porcentaje de trabajadores que hacen horas extra en los meses del verano: julio, agosto y septiembre.
En 2025 ha vuelto a suceder, de forma que frente al millón de personas que aseguraron haber trabajado más allá del tiempo recogido en su contrato entre abril y junio, son algo menos de 985.000 las que lo han hecho en los últimos tres meses. Es decir, suponen una reducida minoría respecto a los más de 18 millones de personas que aseguran cumplir con su jornada laboral.
De acuerdo con los encuestados, la gran mayoría de estas horas son compensadas por las empresas. En el tercer trimestre se hicieron casi seis millones de horas extraordinarias a la semana, de las que algo más de 4,1 millones fueron pagadas, de acuerdo con las respuestas aportadas por los trabajadores. El 30% restante no fueron compensadas económicamente (más de 1,8 millones de horas extraordinarias).
El Estatuto de los Trabajadores limita a 80 el número de horas extraordinarias que puede hacer un trabajador al año si no se le compensan con tiempo de descanso en los cuatro meses siguientes. Es un máximo que ha sido ampliamente criticado por sectores intensivos en mano de obra, como el de la construcción, que consideran que sería positivo que las empresas pudieran tener más flexibilidad a la hora de organizar los tiempos de trabajo, dado que estas horas siempre tienen que realizarse forma voluntaria. El Ministerio de Trabajo se negó a abordar esta posibilidad en el marco de las negociaciones para reducir la jornada laboral a 37,5 horas, pese a que así lo demandaron las patronales más representativas a nivel nacional y también la catalana Pimec, a través de la que el Ejecutivo quería convencer a Junts. Y, en contraposición, hizo referencia a la reforma del registro horario como el punto clave para recortar las horas trabajadas.
El Gobierno va a rescatar esta parte del proyecto de ley fallido a través de un reglamento que ya ha sido sometido a audiencia pública y está a la espera de recibir los informes de otros departamentos económicos, el Consejo de Estado y la Agencia Española de Protección de Datos antes de poder ser aprobado en Consejo de Ministros. La intención de Díaz es que pueda estar en vigor a comienzos del próximo año, de forma que el registro pase a ser digital, mucho más detallado (con diferenciación de si las horas son ordinarias o extraordinarias, si se interrumpe la desconexión digital o se permanece disponible) y que permita el acceso en remoto de la Inspección de Trabajo.
Las organizaciones empresariales han cuestionado los problemas de seguridad que puede representar un sistema abierto de estas características. Al tiempo, han advertido que existe un debate jurídico sobre si pueden endurecer los requerimientos del registro recogidos en una ley a través de un reglamento, ya que la norma reserva esta capacidad a supuestos específicos y el Ejecutivo busca hacerlo más estricto con carácter general. CEOE se prepara para recurrirlo, igual que hará con el del salario mínimo (SMI).
Por su parte, los sindicatos han presionado durante meses al Gobierno para que pusiera en marcha estos cambios con rango reglamentario y están en contacto con el ministerio para abordar los detalles del articulado. No obstante, UGT está a la espera de recibir la resolución a la demanda que presentó en el Comité Europeo de Derechos Sociales (CEDS)del Consejo de Europa con el objetivo de obligar a España a remunerar las horas extraordinarias por encima de una normal. El sindicato socialista defiende que este tiempo se debería remunerar en al menos un 25% adicional a la hora ordinaria, si bien, esta propuesta no ha sido tomada en consideración en ninguna mesa de diálogo. A diferencia de lo que ocurre en otros países europeos, la normativa española solo fija que debe pagarse como mínimo igual que la ordinaria.
