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  Economía  IMV: subida del 9%
EconomíaLaboral

IMV: subida del 9%

El IMV tiene carácter universal y la cantidad a cobrar depende de la situación personal. Cada año se sube dicha cuantía y en este 2025 sube hasta los 658 euros en el caso de un solo beneficiario (7.910 euros).

RedaccionRedaccion—29 de diciembre de 20240
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El Ingreso Mínimo Vital (IMV) en España también sube en 2025, como lo harán las pensiones no contributivas. Ambas el alza anunciada desde Seguridad Social será del 9%. En el caso del IMV la cantidad exacta de subida cambia según cada caso porque, a diferencia de otras prestaciones, depende de los ingresos del hogar. Así, la nueva cifra para un beneficiario individual de la renta anual garantizada pasará a ser de 7.910 euros. Este 2024 dicha cantidad se quedó en los 7.250 euros.
La subida del IMV para este 2024 que llega a su fin fue del 6,9%, situándose entre los 604 euros y los 1.462 euros en 12 pagas dependiendo del tipo de hogar. Lo que hace esta ayuda es completar las rentas de las familias hasta alcanzar ese umbral de ingresos mínimos.

El IMV tiene carácter universal para todas las personas residentes en España que estén en situación de vulnerabilidad. Esta situación se acredita por los ingresos y rentas, que deben estar 10 euros por debajo de la cuantía que garantiza el IMV para cada modalidad en función del número de miembros de la unidad de convivencia. Esta unidad de convivencia es la formada por las personas que conviven en una misma vivienda con hasta el segundo grado de parentesco, lo que incluye hermanos, abuelos, nietos, nueros, cuñados o hermanastros, entre otros.
Además, también es necesario que el patrimonio de la unidad de convivencia, sin incluir la vivienda habitual, no supere ciertos umbrales. Este límite es el de tres veces la cuantía de la renta del IMV.
El IMV también se puede perder de forma temporal e incluso definitiva si no se cumplen los requisitos o se produce alguna infracción. En ese caso, la Seguridad Social podría incluso solicitar la devolución del ingreso mínimo vital que se haya cobrado de forma indebida los últimos 180 días. Por ejemplo, una persona que perciba 604,21 euros tendría que devolver 3.631,26 euros.

Los motivos por los que te pueden quitar el IMV temporalmente incluyen:
• No cumplir con los requisitos básicos de forma temporal.
• Incumplir las obligaciones para recibir la prestación por parte del beneficiario o las personas que convivan con él.
• Mudarse al extranjero por lo menos 90 días sin avisar es motivo de una suspensión cautelar.
• No entregar a tiempo las comunicaciones de mantenimiento o modificación de los certificados emitidos por servicios sociales u organizaciones del tercer sector.
• No presentar la declaración de la renta durante dos años consecutivos, ya que los perceptores del IMV están obligados a hacer la renta.
• Exceder los límites de renta y patrimonio establecido.

En estos casos la Seguridad Social podría retirar de forma temporal el ingreso mínimo vital a su beneficiario. Trasladarse al extranjero sin informar a la Seguridad Social o permanecer fuera de España sin justificación por más de 90 días. Incumplir las condiciones para compatibilizar con el desarrollo de un trabajo por cuenta propia o ajena.
Por resoluciones derivadas de un proceso sancionador. Si, además, falseas tu declaración de ingresos o de patrimonio u ocultas cambios de forma fraudulenta, perderás el derecho a percibir el ingreso mínimo vital durante 5 años. En el peor escenario, la Seguridad Social podría pedirte que devuelvas las cantidades cobradas de IMV durante los últimos 180 días.

Esta opción se activa siempre en las infracciones muy graves, que son las que se dan cuando:
• No entregas la documentación para demostrar que tienes derecho al ingreso mínimo vital, incluso si te has equivocado al dar tus datos para recibir las comunicaciones de la Seguridad Social.
• No informas sobre cambios en tu situación que afecten al cobro de la prestación.
• Cometes tres infracciones leves en un año.
En estos casos, la Seguridad Social no solo te retirará el ingreso mínimo vital, sino que te pedirá que le devuelvas el dinero que cobraste de forma indebida.

Por tipo de beneficiario, el IMV llega a más mujeres que a hombres. Un 53,5% de los beneficiarios son mujeres y un 68,8% de los titulares, también. Por tipo de beneficiarios, los hogares con dos adultos y dos menores son los más habituales con 103.714 beneficiarios por delante de los 77.900 de los hogares con dos adultos y un menor. En tercer lugar figuran las 62.103 familias monoparentales que disfrutan de la ayuda.

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