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Crónica Económica
  Empresas  Informa D&B sancionada por crear un cartel con BVD
Empresas

Informa D&B sancionada por crear un cartel con BVD

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia ha sancionado el cártel que formaron dos de las principales empresas de servicios de bases de datos de información empresarial en España. Estas son Bureau Van Dijk Publicaciones Electrónicas e Informa D&B, así como sus matrices, Moody’s Corporation y Compañía Española de Seguros de Crédito a la Exportación, respectivamente, de manera solidaria, por acordar el reparto de clientes y la fijación de precios para la comercialización de sus productos.

RedaccionRedaccion—10 de julio de 20230
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Según ha informado el organismo regulador en un comunicado, tanto Bureau Van Dijk como Informa D&B se han beneficiado del programa de clemencia de la CNMC, tras reconocer las prácticas anticompetitivas y al haber aportado pruebas de su existencia. De este modo, la filial de Moody’s, que fue la primera en dar el paso a reconocer las conductas ilícitas, ha quedado exenta del pago de la multa que le hubiese correspondido, mientras que Informa D&B, a quien se le ha aplicado una reducción del 30% del importe de la sanción, deberá abonar una sanción de 3,55 millones de euros.

Ambas compañías, que operan en el mercado de prestación de servicios de información comercial (económica y financiera) a terceros, han reconocido la existencia de una reunión el 16 de septiembre de 2002, en la que alcanzaron un acuerdo que “sería la base de las relaciones entre ellas desde entonces y hasta el año 2021″, según explica la CNMC. “El acuerdo tuvo como finalidad principal no interferir en la captación de clientes de la otra empresa y evitar la competencia en precios en la comercialización de los productos Amadeus y Sabi y posteriormente Orbis”, ha detallado el regulador. Así, el reparto de clientes se articuló a través de diversas estrategias como el intercambio periódico de las listas de clientes y prospectos “para evitar interferir en los clientes y negociaciones de la otra empresa”, y la contratación vinculada de los tres productos como parte del pacto de no agresión Una actuación que fue “una constante” durante la vigencia del cártel, ha añadido la el organismo que dirige Fernández.

Por otro lado, las empresas también han reconocido la fijación de precios directos y de descuentos máximos entre ellas. De hecho, según indica el organismo, “se han recabado incluso pruebas sobre acuerdos para igualar precios con el objetivo de que el cliente no tuviera que escoger entre ambas empresas en base a ese parámetro”. Este tipo de acuerdos están prohibidos en el artículo 1 de la Ley 15/2007, de Defensa de la Competencia y constituyen una infracción muy grave constitutiva de cártel merecedora de sanciones que pueden suponer hasta un 10% del volumen de negocios de las empresas.

 

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