Desde el mes de mayo, cuando entró en vigor el Reglamento de Extranjería, se han registrado un total de 724.000 peticiones, una cifra que contrasta con las 495.000 registradas en los cinco primeros meses del año.
Así lo ha trasladado el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, coincidiendo con el primer aniversario del nuevo Reglamento de Extranjería. Unos cambios en la norma con los que el Gobierno quería regularizar a 900.000 extranjeros en España en tres años a través de las nuevas figuras de arraigo y a los que Migraciones apunta para explicar el incremento en el número de peticiones. El objetivo anual del Ejecutivo era de 300.000 personas regularizadas cada año.
Según detalla el propio Departamento, desde la entrada en vigor de los cambios, que pretendían flexibilizar y facilitar las condiciones para conceder el permiso de residencia y trabajo, un total de 95.000 personas han regularizado su situación por los nuevos tipos de arraigo (de segunda oportunidad, sociolaboral, social, socioformativo y familiar).
Entre enero y mayo, el Ministerio registró un total de 58.000 solicitudes e arraigo familiar. Una cifra que crece hasta los 102.000 (un 74,5% más) tras la llegada de los cambios en la ley. Además, los permisos de residencia por estudios se han triplicado, pasando desde las 32.000 solicitudes a las 93.000. En este caso, detalla el Ministerio, el aumento responde sobre todo al hecho de que las matrículas se realizan, mayoritariamente, entre los meses de junio y septiembre. Migraciones, no obstante, no detalla el número de solicitudes por arraigo sociolaboral (es decir, que cuentan con un vínculo al mercado de trabajo) ni por arraigo social ya que se tratan de datos «adelantados» y «sin depurar» (apuntan fuentes del Ministerio).
Según el documento publicado por el Consejo Económico Social (CES), Informe Migración en España, los motivos que dan origen a estas autorizaciones de residencia han cambiado en los últimos años, especialmente desde 2022. «En el año 2019 se abría un nuevo ciclo migratorio en el que las circunstancias excepcionales de acceso ala residencia legal han aumentado considerablemente su peso, representando ya el 47%, por encima del 33% suponen las autorizaciones ordinarias de residencia temporal por motivos de trabajo» resumía el informe. La mayor parte de estas, no obstante, también autorizan a trabajar.
Por otro lado, en 2024, el trabajo por cuenta ajena fue el tercer motivo más numeroso de autorizaciones concedidas en régimen de extranjería, con 137.206 concesiones, un 13% del total.
El documento publicado por el CES apuntaba también que estos datos se enmarcan en un contexto marcado por el envejecimiento de la población. «La llegada de personas desde otros países se revela como el factor clave en el mantenimiento del dinamismo demográfico», explicaba el CES. El informe destaca que, en la actualidad, viven en España 9,5 millones de personas de origen extranjero, una cifra que contrasta con los 2,3 millones registrados en 2002.
En este sentido, el órgano consultivo agrega que esta llegada de inmigrantes «ha contribuido a la sostenibilidad del sistema de pensiones mediante su integración laboral, al favorecer el aumento de ingresos por cotizaciones». Un efeto positivo sobre la economía que, advierten, depende también de la calidad de la integración laboral, la inserción y que estos empleos sean estables y bien remunerados.
Hace un año, el Ejecutivo retocaba las figuras con las que los extranjeros pueden acceder al permiso de residencia y de trabajo de forma regular. Entre las modificaciones más destacadas, el reglamento simplificaba los arraigos, el permiso de residencia por circunstancias excepcionales. El reglamento creaba una nueva figura, el arraigo de segunda oportunidad, que se concede a quienes ya han disfrutado del permiso de residencia pero no han podido renovar dicho permiso. Deben estar en situación de permanencia legal y acreditar periodos mínimos de trabajo por cuenta propia o ajena. Está diseñado también para los solicitantes de asilo.
Por otro lado, los cambios en el arraigo socioformativo permiten a quienes lo obtengan trabajar hasta 30 horas semanales; el social (motivado por la permanencia en el país) se concede ahora tras dos años de residencia irregular (en lugar de tres); el sociolaboral se concede ahora al garantizar al menos 20 horas de trabajo semanales, y el familiar es para aquellos parientes de un menor (no cuentan con requisito de permanencia mínima, pues la pertenencia a la familia ya genera arraigo).

