Los dos órganos judiciales tienen sobre la mesa varias causas relativas al proceso independentista catalán y, en caso de dudas, pueden consultar al TC –a través de una cuestión de inconstitucionalidad– o al TJUE –mediante una cuestión prejudicial
La ley impulsada por el PSOE pretende amnistiar actos de responsabilidad penal, administrativa o contable ejecutados en el contexto del ‘procés’ entre el 1 de noviembre de 2011 y el 13 de noviembre de 2023. En concreto, busca perdonar los actos tipificados como delitos de usurpación de funciones públicas o de malversación –cuando no haya enriquecimiento– dirigidos a financiar, sufragar o facilitar las conductas amnistiables, «así como cualquier otro acto tipificado como delito que tuviere idéntica finalidad».
También amnistía el terrorismo atribuido al ‘procés’, «siempre y cuando» no se haya actuado «de forma manifiesta y con intención directa» de causar «violaciones graves de Derechos Humanos», como matar y torturar. Exonera los actos tipificados como tortura cuando «no superen un umbral mínimo de gravedad» y perdona la traición cuando no se haya producido una «amenaza efectiva y real como un uso efectivo de la fuerza en contra de la integridad territorial» como fija la ONU.
Una vez que la ley se publique en el Boletín Oficial del Estado, los órganos judiciales que conozcan de las causas serán los encargados de aplicarla «con carácter preferente y urgente» en «plazo máximo de dos meses». La norma fija como primer paso «el inmediato alzamiento» de las medidas cautelares que se hubiesen adoptado. El Supremo tendrá que examinar el caso del expresidente del Govern de Cataluña y eurodiputado de Junts, Carles Puigdemont, así como el de los demás prófugos del 1-O procesados por delitos de desobediencia y/o malversación que están a la espera de que el instructor del ‘procés’, el magistrado Pablo Llarena, les tome declaración indagatoria para avanzar en el procedimiento penal.
En el caso del exvicepresidente catalán Oriol Junqueras y el resto de líderes independentistas que ya fueron condenados por el Supremo en la causa del ‘procés’, serán los magistrados del tribunal que les juzgó y sentenció los que tendrán que estudiar cómo aplicar la ley de amnistía.
El alto tribunal también tiene sobre la mesa la causa que abrió el pasado febrero para investigar un presunto delito de terrorismo en el marco de las protestas atribuidas a ‘Tsunami Democràtic’ en 2019. De hecho, en este procedimiento, la juez instructora, Susana Polo, tiene pendiente tomar declaración voluntaria y por videoconferencia al propio Puigdemont y al exdiputado de ERC en el Parlament de Cataluña Ruben Wagensberg.
Por su parte, la Audiencia Nacional deberá analizar la aplicación de la ley a la rama de esa causa que tiene bajo su competencia. En dicho procedimiento figura una decena de imputados, incluida la secretaria general de ERC, Marta Rovira, y el jefe de gabinete de Puigdemont, Josep Lluís Alay, por presunto terrorismo. Asimismo, este tribunal especial tendrá que estudiar también el caso de los 12 miembros de los Comités de Defensa de la República (CDR) procesados por terrorismo por sus presuntos planes para conseguir la independencia catalana por vías violentas, una causa que se encuentra a la espera de juicio.
Al margen, consta una causa relativa al ‘procés’ en el Tribunal de Cuentas (TCu) que está pendiente de fallo. Aunque no hay precedentes, la consejera delegada a cargo del procedimiento también podrá consultar al TC o al TJUE a razón de la causa que dirige contra 35 ex altos cargos del Govern –incluidos Puigdemont, Junqueras y Artur Mas– por el supuesto desvío de fondos para gastos del 1-O y de la acción exterior del proceso independentista catalán.