«Mantener la prisión provisional en este escenario supone enviar al acusado al banquillo en condiciones de inferioridad», denuncia, lo que según pone de relieve «constituye una vulneración flagrante del derecho a un proceso con todas las garantías». Para sustentar su petición, su letrada, Leticia de la Hoz, sostiene que el riesgo de fuga «se ha visto neutralizado» cuando ya estamos «a las puertas del juicio». Según la abogada, su salida de prisión es necesaria para garantizar su derecho de defensa dada la «complejidad y extensión» de la vista oral. De otra forma, lamenta, no puede siquiera preparar su interrogatorio ni la estrategia procesal para intentar contrarrestar las pruebas de cargo contra él.
De la Hoz se refiere al «efecto físico y cognitivo» que los traslados desde el centro penitenciario al Tribunal Supremo supondrán para su defendido, pues tendrá que «levantarse de madrugada» y asumir «largas esperas en calabozos» y traslados en furgón, lo que, sumado a que el juicio se celebra en jornadas de mañana y tarde, cree que le impedirá asistir a las sesiones «en condiciones de lucidez y plenitud de facultades».
«Un acusado agotado físicamente por el régimen penitenciario no puede prestar la atención necesaria a la práctica de la prueba ni asistir eficazmente a su letrado en los interrogatorios -enfatiza-, lo que constituye una «indefensión de facto» que solo puede evitarse permitiendo que descanse y prepare las sesiones desde su domicilio».
La letrada señala en el escrito remitido al tribunal que la «densidad de señalamientos» junto a «la ingente documentación que compone la causa» requiere una «coordinación técnica constante» con su defendido «que el régimen penitenciario actual imposibilita». De ahí que considere su permanencia en el centro penitenciario de Soto del Real «un obstáculo insalvable para el ejercicio efectivo de su derecho a la defensa».
En esta situación, la abogada entiende que se quiebra el principio de igualdad de armas con las acusaciones pues «mientras el Ministerio Fiscal y las acusaciones disponen de medios técnicos y tiempo ilimitado para analizar la prueba, mi representado se ve confinado a un régimen de comunicaciones tasado». Porque al exasesor de Ábalos -para quien Anticorrupción reclama una condena de 24 años de prisión- le resulta imposible llevar a cabo, se queja, «un contacto diario, fluido y directo con su equipo jurídico».
La imprescindible preparación previa que un juicio de estas características requiere -expone De la Hoz- «priva al acusado de la capacidad de asesorar a su defensa sobre aspectos fácticos de los que solo él tiene conocimiento directo».
Y a este respecto alude a la «ingente cantidad de folios y dispositivos digitales que integran la causa» que según su criterio hacen «materialmente imposible» que Koldo García pueda «visionar, analizar y comentar» con ella «todo el material probatorio a través de los locutorios de la prisión o en los tiempos limitados de las En cuanto a un riesgo de fuga que ve inexistente, apunta que Koldo tiene «un arraigo personal y familiar suficiente» y que su intención de comparecer en el juicio «es total, pues es el primer interesado en ejercer su derecho a la defensa para acreditar su inocencia».
En este sentido, recalca que vive con su madre nonagenaria, que depende de su asistencia por su salud delicada, y con su hija menor de edad escolarizada, lo que demuestra su arraigo en España. Asimismo, pone de manifiesto que Koldo «ha mostrado una actitud de colaboración constante con la Administración de Justicia».
Por todo ello, cree que sería suficiente con retirarle el pasaporte y obligarle a comparecer periódicamente en el juzgado, instalándole un dispositivo telemático de geolocalización, para evitar así cualquier peligro de fuga. visitas».
