Skip to content

  viernes 20 marzo 2026
  • Director: Alfonso Vidal
Crónica Económica
  • Opinión
    • Firmas
    • Colaboraciones
  • Economía
    • Industria
    • Servicios
    • Agricultura
    • Bancos
    • Cajas
    • Seguros
    • Laboral
  • Empresas
    • Energía
    • Inmobiliario
    • Telecomunicaciones
    • Infraestructuras
    • Industria
    • Retail
    • Distribución
  • Mercados
    • CNMV
    • Ibex
    • Mercados extranjeros
    • Divisas
    • Fondos
  • Gobierno
  • Historia
  • Fin de semana
    • Restaurantes
    • Vinos y Bodegas
    • Recetas
    • Libros
    • El cestillo
    • Cultura
    • Civilización
    • Tecnología
    • Tendencias
    • Moda
  • Alimentación
Última hora
19 de marzo de 2026VENEZUELA: su petróleo se libra de las sanciones 19 de marzo de 2026Jornada negativa en las bolsas mundiales tras una nueva subida del petróleo por encima de los 110$ 19 de marzo de 2026GAS: su precio resulta incontrolable 19 de marzo de 2026PETROLEO. volatilidad total 19 de marzo de 2026CONSEJO EUROPEO: Sánchez y Feijoo se contraprograman 19 de marzo de 2026BCE. los tipos se quedan donde estaban 19 de marzo de 2026Proyecciones macroeconómicas para la zona euro
Crónica Económica
Crónica Económica
  • Opinión
    • Firmas
    • Colaboraciones
  • Economía
    • Industria
    • Servicios
    • Agricultura
    • Bancos
    • Cajas
    • Seguros
    • Laboral
  • Empresas
    • Energía
    • Inmobiliario
    • Telecomunicaciones
    • Infraestructuras
    • Industria
    • Retail
    • Distribución
  • Mercados
    • CNMV
    • Ibex
    • Mercados extranjeros
    • Divisas
    • Fondos
  • Gobierno
  • Historia
  • Fin de semana
    • Restaurantes
    • Vinos y Bodegas
    • Recetas
    • Libros
    • El cestillo
    • Cultura
    • Civilización
    • Tecnología
    • Tendencias
    • Moda
  • Alimentación
  • Director: Alfonso Vidal
Crónica Económica
  Legal  La AN rechaza la suspensión cautelar del impuesto a la banca y al sector energético
Legal

La AN rechaza la suspensión cautelar del impuesto a la banca y al sector energético

La Audiencia Nacional ha rechazado suspender cautelarmente la orden del Ministerio de Hacienda y Función Pública de poner un gravamen extraordinario al sector energético y a la banca.

RedaccionRedaccion—17 de febrero de 20230
FacebookX TwitterPinterestLinkedInTumblrRedditVKWhatsAppEmail

La Sala de lo Contencioso-Administrativo resuelve la petición que hizo Repsol, el pasado 8 de octubre, a la que se han ido sumando en las últimas horas Iberdrola, Endesa y EDP (a través de la patronal Aelec) y los bancos -mediante la Asociación Española de Banca y la Confederación Española de Cajas de Ahorro- y se opone a paralizar dicho impuesto, previsto en la Orden HFP /94/2023, del pasado 2 de febrero.

En un auto, la Sección Séptima explica que el rechazo de las medidas cautelares planteadas por la compañía que dirige Antonio Brufau no supone “un perjuicio irreparable”, puesto que en caso de finalmente se estime el recurso, la situación actual sería “perfectamente reversible” mediante la devolución de lo pagado con el abono de los intereses preceptivos (llevando a efecto las compensaciones necesarias).

En este sentido, añade si se aceptase suspender la orden ministerial, y con ella la Ley 38/2022, que regula el establecimiento de gravámenes temporales al sector energético y bancario, sí que ocasiona un grave perjuicio al interés general “al hacerse imposible la recaudación del gravamen dejando sin cumplir una de las exigencias de la ley”. Según recoge en su exposición de motivos, la norma señala que su primera finalidad es “recaudatoria, a fin de exigir, en estos tiempos de crisis energética y de inflación, un mayor esfuerzo a quienes disponen de una mayor capacidad económica, es decir, una muestra de solidaridad de las grandes fortunas”, recuerda la Audiencia Nacional.

Repsol presentó el pasado 8 de febrero un recurso contra los cuatro modelos -795, 796, 797 y 798- que se han creado para el pago anticipado del gravamen temporal establecido por la mencionada Ley. En dicho escrito, solicitó la imposición de medidas cautelarísimas -a resolver con carácter de urgencia, y que fueron rechazadas el pasado 10 de febrero- y, en su caso, medidas cautelares, con el fin de que dicho impuesto no se hiciera efectivo mientras se estudia el fondo del asunto.

Para la Sala, dicha petición no puede ser acogida, ya que supondría “la petrificación del ordenamiento jurídico”, pues significaría paralizar el desarrollo de la aplicación de una ley, que tiene una justificación en su exposición de motivos, “respecto de la que esta Sala no tiene nada que decir por carecer totalmente de competencia para anular normas con rango de ley”, concluye.

FacebookX TwitterPinterestLinkedInTumblrRedditVKWhatsAppEmail
Noticias relacionadas
  • Noticias relacionadas
  • Más de este autor
Legal

CASO BBVA: la fiscalía pide 173 años para FG

19 de marzo de 20260
Legal

AIR EUROPA: sigue sin recuperar los 185 M€ retenidos por Venezuela

19 de marzo de 20260
Legal

FINANCIACION PSOE: Aldama entregó el famoso sobre

18 de marzo de 20260
Cargar más
Leer también
materias primas

VENEZUELA: su petróleo se libra de las sanciones

19 de marzo de 20260
Mercados

Jornada negativa en las bolsas mundiales tras una nueva subida del petróleo por encima de los 110$

19 de marzo de 20260
materias primas

GAS: su precio resulta incontrolable

19 de marzo de 20260
materias primas

PETROLEO. volatilidad total

19 de marzo de 20260
DESTACADO PORTADA

CONSEJO EUROPEO: Sánchez y Feijoo se contraprograman

19 de marzo de 20260
DESTACADO PORTADA

BCE. los tipos se quedan donde estaban

19 de marzo de 20260
Cargar más


Últimas noticias
  • VENEZUELA: su petróleo se libra de las sanciones 19 de marzo de 2026
  • Jornada negativa en las bolsas mundiales tras una nueva subida del petróleo por encima de los 110$ 19 de marzo de 2026
  • GAS: su precio resulta incontrolable 19 de marzo de 2026
  • PETROLEO. volatilidad total 19 de marzo de 2026
  • CONSEJO EUROPEO: Sánchez y Feijoo se contraprograman 19 de marzo de 2026
© 2023 Crónica Económica Ediciones
  • Aviso Legal
  • Política de privacidad
  • Política de cookies