El Constitucional se dirigió esta semana al tribunal sevillano para que les remitiera oficialmente el documento antes de iniciar acciones, y la Audiencia de Sevilla ya ha contestado. Pregunta al Constitucional que para qué la quiere. Literalmente reclama que “justifique la finalidad o razón de ser de tal solicitud” en una diligencia de ordenación de una sola página firmada por la Letrada de Administración de Justicia.
Desde el Constitucional muestran su “sorpresa”. Recuerdan que los tribunales ordinarios están obligados a respetar y cumplir sus sentencias, y que en caso contrario, el Constitucional puede por ley reclamar su cumplimiento efectivo e incluso instar a la destitución de los funcionarios insumisos.
En concreto, el artículo 92 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, aprobado en 2015 por el Gobierno Rajoy, establece que el Constitucional podrá declarar la nulidad de cualquier resolución que contravenga sus sentencias, y podrá reclamar a las administraciones y poderes públicos su cumplimiento efectivo. Si persiste el incumplimiento, el Constitucional pueden imponer multas e incluso destituir de sus funciones a los funcionarios rebeldes.
Fuentes del Constitucional interpretan este “desafío” a cuenta de los ERE como “un paso más” en el intento de “erosionar” a toda institución “que no esté controlada por la derecha” judicial.