La Audiencia Provincial de Madrid ha devuelto las medidas cautelares que protegen a la competición impulsada por Real Madrid y Barcelona, y a estos, ante las posibles represalias que puedan recibir por parte de FIFA y UEFA. Estos organismos son señalados en la sentencia por su «posición de monopolio» y la «obstaculización» ante el nacimiento de un nuevo organizador de competiciones futbolísticas.
La resolución, firmada este lunes, revoca la última decisión adoptada por el Juzgado de lo Mercantil número 17. Este, en abril del año pasado, decidió poner fin a las medidas cautelares con las que, en un primer momento, ese mismo juzgado protegió a la Superliga. Entonces, este adoptó hasta ocho medidas para que ni FIFA ni UEFA pudiesen tomar medidas contra los equipos fundadores. Entre ellas, prohibía a estos «adoptar cualquier medida o acción» o «emitir cualquier declaración o comunicado que impida o dificulte, de forma directa o indirecta, la preparación de la Superliga». En las semanas previas a que esta fuese anunciada, en abril de 2021, los rectores del fútbol mundial y europeo amenazaron a los equipos impulsores con dejarlos fuera de todas las competiciones, tanto europeas como domésticas, e incluso con prohibir a sus jugadores participar en los partidos de sus selecciones nacionales.
Un año después estas cautelares quedaron sin efecto, estimando el recurso de la UEFA y dejándola vía libre para sancionar a los equipos, algo que, finalmente, no ha llegado a hacer. «No consta mínimamente acreditado que la amenaza e imposición de sanciones a los tres clubes subsistentes conlleve la necesaria imposibilidad de ejecutar el proyecto, cuya financiación es independiente», dijo la jueza en su resolución.
Sin embargo, la sentencia de la Audiencia Provincial sí ve justificada la necesidad de tomar medidas cautelares. Y para ello señala a FIFA y UEFA por su posición de dominio en el fútbol europeo y las amenazas vertidas contra los impulsores de la Superliga. «European Superleague Company SL [la sociedad detrás de la competición] ha tratado de iniciar su actividad competitiva con la creación de una estructura social y jurídica, la negociación de la financiación precisa con JP Morgan para poder ponerse en marcha y la pública presentación del proyecto. Sin embargo, su iniciativa concurrencial se ha visto ya interferida por la conducta obstativa de la parte demandada [FIFA y UEFA]». dice el documento.
Los jueces ahondan en que FIFA y UEFA han dejado «indicios de la comisión de actuaciones de obstaculización a la implantación de un competidor». «La conducta resulta particularmente grave porque de quién procede la obstaculización es de entidades que, aparentemente, han venido ostentando hasta ahora el monopolio en ese mercado y que se prevalen de su posición de dominio para maniatar una iniciativa proveniente del que pretende convertirse en su competidor», añade.
La sentencia discute de forma abierta el papel de FIFA y UEFA y lo califica de «monopolio», que estas entidades ejercen atribuyéndose «el poder de decisión sobre quién deba poder operar en el mercado de la organización de competiciones internacionales de fútbol profesional en Europa y que han mostrado, con actos como los que motivan este litigio, un designio contrario a tener que compartir siquiera una porción del mismo con quien aspira a ser un competidor».
Incluso, la sentencia dice que es una «ingenuidad» creer que puede crearse libremente una competición fuera de FIFA y UEFA «que pueda competir con las de ellas al margen de la injerencia» de ambos entes. «Porque las demandadas tienen un poder de mercado de tal potencia que desde su posición de monopolio son capaces de amilanar, como lo han hecho mediante declaraciones públicas tales como las que han motivado este litigio, a cualquier prestador de servicios de ese ramo que se represente relacionarse con el emprendedor que se propone entrar en competencia con ellas».
Un nuevo capítulo en la guerra judicial entre las partes, y que en marzo tendrá un capítulo clave. Para entonces se espera un fallo definitivo del Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) sobre la capacidad de UEFA y FIFA para vetar el nacimiento de la Superliga. Su abogado general, Athnasios Rantos, ya lanzó su opinión no vinculante en diciembre, considerando que la exigencia de una autorización por parte de ambos entes para el nacimiento de un nuevo torneo es compatible con el Derecho de la Unión en materia de competencia.
La sentencia de la Audiencia Provincial fechada ayer dice al respecto que las decisiones del TJUE suelen dejar «al órgano nacional el margen oportuno para apreciar las circunstancias concretas del caso». El partido todavía está lejos del silbido final.