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  Legal  La juez rechaza las diligencias del PSOE y Más Madrid contra el novio de Ayuso
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La juez rechaza las diligencias del PSOE y Más Madrid contra el novio de Ayuso

La jueza de Instrucción número 19 de Madrid ha rechazado las diligencias solicitadas por el PSOE y Más Madrid en la causa en la que se investiga a Alberto Amador por la presunta comisión de delitos de defraudación tributarias y falsificación de documentos mercantiles.

RedaccionRedaccion—2 de septiembre de 20240
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Así consta en un auto dictado el pasado 31 de julio en el que la magistrada desestima las diligencias reclamadas por el PSOE y Más Madrid en un escrito que se presentó el pasado 24 de junio y que motivó que se aplazarán las declaraciones previstas para esa jornada. Las peticiones de la acusación popular se solicitaron en virtud de un informe de inspección de la Agencia Tributaria incluido en el procedimiento al considerar que los hechos investigados podrían no limitarse a los delitos investigados.
En concreto, reclamaban la práctica de varias diligencias como que se investigara la relación empresarial del novio de la presidenta regional, Isabel Díaz Ayuso, con Quirón; que se analizaran sus cuentas de 2019 a 2022; y que aportara la escritura de compraventa de sus viviendas de 2020 a 2024.
Desde Más Madrid señalaban que habría indicios de más delitos que requerían más tiempo de investigación y estudio con el fin de una posible ampliación del delito fiscal, falsedad documental y delito contable. Además, consideraba el PSOE y Más Madrid que la pareja de Ayuso podría haber incurrido en la presunta comisión de dos delitos de administración desleal, falsedad contable, corrupción en los negocios, y delito contable.

Entiende ahora la magistrada que «muchas de ellas pueden resultar innecesarias por tener por objeto hechos que pueden ser reconocidos por los investigados en el momento de prestar declaración». Y considera que «otras pueden considerarse prospectivas al no existir indicios de delitos distintos a los que son objeto del presente procedimiento». En cuanto a los hechos que pudieran ser conexos, la jueza aduce que la práctica de las diligencias interesadas supondría «excesiva complejidad y dilación en el procedimiento que se alargaría durante varios años, es decir, impediría el pronto enjuiciamiento exigido por el Artículo 17 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal».

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