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  Legal  La jueza cita como imputado al novio de Ayuso por sus delitos fiscales
Legal

La jueza cita como imputado al novio de Ayuso por sus delitos fiscales

González Amador, pareja de Díaz Ayuso, presidenta de la Comunidad de Madrid, ha sido llamado a declarar en calidad de investigado el próximo 29 de noviembre por la jueza Inmaculada Alonso, que instruye el caso en el que se investiga la comisión de dos delitos de fraude fiscal y uno de falsedad documental.

RedaccionRedaccion—29 de octubre de 20240
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El motivo de la convocatoria es la intención de acordar una condena a González Amador, que ha reconocido los delitos a cambio de pagar medio millón de euros y una condenado testimonial de cárcel.
La titular del Juzgado de Instrucción Número 19 ha llamado a comparecer el mismo día a los otro cuatro investigados en este mismo procedimiento judicial, cinco meses después de las acusaciones particulares (PSOE y Más Madrid) solicitasen ampliar la investigación para dirimir la existencia de varios delitos fiscales más.

La pieza separada se abre para investigar posibles nuevos delitos «en la utilización de la sociedad instrumental o de pantalla a Masterman S.L mediante la cesión parcial de un contrato de servicios suscrito entre Maxwell Cremona S.L (empresa de González Amador) y su cliente Quirón Prevención S.L».
La investigación en relación a un supuesto frauda fiscal se centra en los supuestos indicios delictivos sobre hechos relativos al Impuesto de Sociedades correspondientes a los ejercicios de los años 2020 y 2021 y de un presunto delito de falsedad en documento mercantil al haberse aportado unas facturas que no se corresponden con servicios realmente prestados y aportados con la finalidad de minorar la cuota tributaria a satisfacer.

En el auto de apertura de diligencias, la jueza razonaba que supuestamente y «como consecuencia de estas conductas defraudatorias, el contribuyente ha dejado de ingresar a la Hacienda Pública estatal por el Impuesto de Sociedades de 2020 una cuota de 155.000 euros y por el impuesto de sociedades de 2021, una cuota de 195.951 euros». Esgrimía que dichas conductas están tipificadas con «delitos penados en el artículo 305.1 del Código Penal en concurso medial con un delito de falsedad en documento mercantil, del artículo 392.1 en relación con el artículo 390 del Código Penal

 

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