Así, mientras que la Comunidad de Madrid, Andalucía y el País Vasco ya han mostrado su disconformidad frente a este órgano el pasado mes de julio, Baleares, Galicia y Cataluña están trabajando en ello.
Sin embargo, la negativa a su desarrollo por parte de las autonomías no ha sido el único efecto negativo de una norma “plagada de contracciones y con poca precisión jurídica”, tal y como expone Goenaga, socia y abogada de Círculo Legal Barcelona, sino que su principal objetivo, regular los precios del alquiler, no se está cumpliendo. “La Ley de Vivienda ha tensionado aún más el mercado”, revela Goenaga, que asegura que “se ha perdido una gran oportunidad para adoptar medidas claras y contundentes contra la ocupación, por lo que ahora estamos igual o peor”.
Para Goenaga, “la protección a los más vulnerables se está ejerciendo a costa de los pequeños propietarios, pues no se está teniendo en cuenta cómo les está afectando la ley”. La letrada argumenta que “el particular se está enfrentando a unos procedimientos de desahucio que se alargan más allá de lo asumible”. En este sentido, la abogada admite que “el Estado continúa sin asumir la responsabilidad de garantizar el derecho a la vivienda, trasladando esta obligación a los propietarios particulares”.
El miedo a la ocupación, “un problema enquistando en nuestra sociedad”, según Goenaga, ha generado “una gran alarma social”, acotando cada vez más la oferta de pisos en alquiler, lo que provoca que “las personas con pocos recursos tengan aún menos posibilidades acceder a una vivienda”.
A la hora de anticipar cuál será la decisión del TC, el precedente del recurso contra la normativa catalana no ayuda. En aquella ocasión, los magistrados “se limitaron a manifestar que el legislador catalán se había excedido en sus competencias, anulando varios artículos y dejándola apenas sin contenido”, indica la abogada. No obstante, el órgano “no se pronunció acerca de la inconstitucionalidad de cualquier tipo de regulación del alquiler y de cómo afecta al derecho de la propiedad, algo que ahora no tendrá más remedio que hacer”, añade.
En cualquier caso, la letrada admite que la sentencia no será rápida. “Los tiempos que se manejan son de más de un año”, estima Goenaga, que asegura que “en ningún caso la decisión que se tome se aplicará con carácter retroactivo, por lo que las medidas que ya hayan sido aplicadas no tendrán vuelta atrás”.