En su escrito de conclusiones -en el que insiste en que la ley de amnistía, que extinguirá la responsabilidad contable de los encausados, aún no ha entrado en vigor-, el fiscal jefe del Tribunal de Cuentas, Martín-Granizo, considera acreditada la responsabilidad contable tanto de Puigdemont, en su condición de «responsable máximo de la Generalitat» en el momento de los hechos investigados, como de Junqueras y los exconsellers Raül Romeva, Dolors Bassa y Jordi Turull, condenados todos ellos por prevaricación por el Tribunal Supremo por su papel en el «procés».
La responsabilidad contable de Mas y Puigdemont, asegura el representante del Ministerio Público, en relación a la promoción exterior del «procés», deriva «de su participación y dirección de todos los proyectos, estrategias y procedimientos necesarios para desarrollar relaciones y actividades en el ámbito internacional, excediendo los límites de la promoción en el exterior de los intereses del conjunto de Cataluña». En cuanto a Junqueras, destaca su «especial protagonismo» en la ordenación de pagos por el papel que le otorgaba la Ley de Finanzas Públicas catalana como responsable de Hacienda.
«El menoscabo es real y efectivo, al haberse producido la salida de los fondos implicados del patrimonio del ente perjudicado, y se encuentra plenamente individualizado», destaca el fiscal, «con identificación de cada uno de los actos que dieron lugar al perjuicio». Además, resalta, «se encuentra acreditado que fueron los actos desplegados por los demandados los que dieron lugar a la producción del perjuicio, por ser su causa inmediata y directa, sin que exista ninguna duda acerca de que los daños resultan objetivamente imputables a su conducta».
En cuanto al desvío contable para la organización del referéndum del 1 de octubre, el fiscal entiende que se ha probado «un alcance de los fondos públicos por importe de 883.695 euros», del que son responsables «el presidente y consejeros del Gobierno de la Generalitat y los funcionarios que intervinieron en los gastos». Esos pagos se efectuaron, explica, «sin la adecuada justificación, al no responder a la consecución de objetivos y fines legales y legítimos, sino a la organización del referéndum de autodeterminación», amparándose en el acuerdo del Govern de 7 de septiembre de 2017 que autorizaba «la utilización, en general, de los recursos humanos, materiales y tecnológicos necesarios para garantizar la adecuada organización y desarrollo del referéndum». En base al cual Puigdemont y los consellers dispusieron que el coste de la consulta soberanista prohibida por el Tribunal Constitucional y el TSJ de Cataluña se sufragase con el presupuesto de la Generalitat.
Aunque Puigdemont, precisa, no interviniera en las siguientes fases de la tramitación presupuestaria «le resulta atribuible la presunta responsabilidad contable derivada de ser la autoridad que aprobó la totalidad de los gastos inherentes a la consulta». En cuanto a Junqueras, añade, se le atribuye responsabilidad contable «por la totalidad de los gastos» debido al «especial protagonismo» que le otorgaba la Ley de Finanzas Públicas de Cataluña, como responsable del Departamento de Hacienda, en relación a la orden de pagos y la coordinación de la tesorería de los organismos autónomos y empresas de la Generalitat.
De Romeva, Turull y Bassa dice que se les achaca igualmente el desembolso total «por la deslealtad que representa haber puesto la estructura de sus respectivos departamentos al servicio de una estrategia incontrolada de gasto público al servicio del referéndum ilegal». En cuanto a Bassa, entonces consejera de Trabajo, señala expresamente la participación de su departamento en el gasto de 161.315,69 euros «directamente relacionado con el referéndum ilegal del 1-O».