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  Legal  Los jueces niegan a Telefónica el freno a la sanción por la Fórmula 1
Legal

Los jueces niegan a Telefónica el freno a la sanción por la Fórmula 1

Telefónica deberá abonar los 5 millones de euros de sanción impuesta por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) por su acuerdo con Dazn para la emisión de la Fórmula 1 antes de resolver el recurso en la Audiencia Nacional.

RedaccionRedaccion—8 de febrero de 20240
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La Sala de lo Contencioso ha rechazado su petición de suspensión cautelar al entender que no está justificado suficientemente el impacto económico que implicaría la ejecución. El grupo había alegado que impactaría en su inversión en redes móviles y en el despliegue de fibra.
La Comisión impuso esos 5 millones por un nuevo incumplimiento de varias cláusulas de los compromisos tras la compra de DTS (Canal Plus) en 2015. Era la segunda multa impuesta a la teleco en 2023 por la misma razón. Esta resolución señalaba varias infracciones, entre las que despuntaba una: el grupo había excluido los contenidos premium de Fórmula 1 de su oferta mayorista a otras operadoras españolas comercializándolos en exclusiva en favor de Dazn. La operadora presentó un recurso contencioso-administrativo. Y, como suele suceder en estos casos, se reclamó una suspensión del pago. Según queda reflejado en el auto fechado en diciembre, al que ha tenido acceso La Información, la empresa aducía que el desembolso ocasionaría perjuicios económicos que repercuten en el despliegue de la red de nueva generación «que beneficia al interés general, en el caso de que finalmente se dictara una sentencia que anule la sanción».

Para tratar de justificar esos perjuicios se envió un documento certificado por el director general de Operaciones, Red y TI de Telefónica España, en el que se trataba de convencer del impacto en la capacidad inversora. Señalaba que una reducción de 4,7 millones de euros podría suponer que no se pudiesen acometer las diferentes adjudicaciones del programa Único-Banda Ancha de despliegue de red que logró Telefónica en 2021 en provincias como Álava y Santa Cruz de Tenerife y en 2022 en Álava, Guipúzcoa y Vizcaya. «Telefónica debe acometer para desplegar la red de fibra óptica que favorece al interés general, y cuyo objetivo es cerrar la brecha digital geográfica», alegaba.

Como es habitual en este tipo de procedimientos, el Abogado del Estado se oponía a la suspensión cautelar. Y los magistrados convienen con él en que estas argumentaciones son «insuficientes» a los efectos de acordar esta medida. No se habría acreditado suficientemente que la operadora carezca de recursos financieros para el inmediato abono de esos 5 millones y tampoco que entre las múltiples inversiones que realiza «sería la relativa al despliegue de red en zonas rurales la que necesariamente se viera afectada». Por ello, el recurso sigue adelante, pero se tendrá que abordar el desembolso

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