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  Legal  Paralizados los dos parkings del Bernabéu
Legal

Paralizados los dos parkings del Bernabéu

El Juzgado de la Contencioso-Administrativo número 30 de Madrid ha emitido una sentencia que paraliza las obras de los párquines del Santiago Bernabéu.

RedaccionRedaccion—26 de septiembre de 20240
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En este sentido, se ha acordado «la suspensión de la ejecución de las obras autorizadas por Acuerdo nº 50, de 9 de marzo de 2023, ordenando al Ayuntamiento de Madrid la adopción de las medidas necesarias para hacer efectiva su paralización».
Por lo tanto, la Justicia echa para atrás los dos aparcamientos de la zona que se ubicarían en la calle Padre Damián y en el Paseo de la Castellana. La decisión judicial alude a una sentencia que se dictó en mayo de este año que paralizaba dichas obras por «fata de interés público».

La Asociación Vecinal de Perjudicados por el Bernabéu (AVPB) celebra la sentencia de la Justicia y señalan que seguirán confiando plenamente en su Estado de derecho. El auto apunta que la resolución judicial «afecta directamente no solo a la Administración demandada, que dictó el acuerdo que ha sido anulado, sino también a la entidad codemandada, adjudicataria de la concesión de las obras de construcción y explotación de los aparcamientos».
En este sentido, remarca que ambas entidades «al continuar en la realización de los trabajos afectados por la resolución administrativa revocada, están obviando la consecuencia natural que se desprende de la anulación».

Por ello, «están asumiendo el riesgo que para los costes de ejecución supone seguir con los trabajos de las infraestructuras proyectadas, si posteriormente la sentencia apelada deviniera firme y tales obras no pudieran finalizarse».
Asimismo, la Justicia determina que «la no paralización de las obras de referencia podría derivar en una situación de difícil o imposible reversión» en el caso de que, ejecutadas al completo y finalizadas las obras, la resolución final «fuera favorable a la parte demandante y hubiese que reponer el suelo a su estado original».

Por el momento, la sentencia no es firme porque los demandados tienen 15 días para recurrir

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