La iniciativa de los nacionalistas vascos fue aprobada con los votos de la mayoría de investidura. Incluidos los de Podemos y Junts, que habían roto el bloque en la votación previa, la de la proposición de ley para la delegación de competencias en inmigración a Cataluña. En concreto, obtuvo 179 votos a favor y 170 en contra, estos últimos del PP, Vox y UPN.
La proposición de ley, que ahora seguirá su tramitación, consiste en una reforma de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional para impedir que los tribunales ordinarios bloqueen acuerdos políticos en torno a la transferencia de competencias. ¿Cómo? Haciendo que el TC tenga la última palabra en la resolución de este tipo de contenciosos.
Para los peneuvistas, es una anomalía que el Tribunal Supremo sea la máxima instancia actual y que no haya una pasarela que permita dar el salto al Tribunal Constitucional. Según ellos, no hay dobles intenciones, más allá de cumplir «el axioma legal que establece que el Tribunal Constitucional es intérprete de la Constitución sea efectivo en plenitud», en palabras de su diputado Mikel Legarda. Sin embargo, para el PP y Vox es una trampa más para facilitar el desguace del Estado. El diputado de Vox Vicente Gil Lázaro señaló que, en estos momentos, el TC es «un órgano profundamente politizado» y denunció que esta reforma solo busca «reforzar la capacidad de litigiosidad» de las comunidades. Por parte del PP, el diputado Enrique Belda afirmó que los jueces y tribunales españoles «están protegiendo el sistema de competencias», que el TC no es un órgano destinado a esas decisiones y que no hay motivos para pasar «por encima de la Justicia ordinaria».
Desde las filas socialistas, la diputada Romero alabó la reforma. «La España plural necesita reforzar los mecanismos que hacen posible el autogobierno», señaló. «La Constitución del 78 se diseñó como un marco abierto», continuó.
La proposición de ley del PNV, que ahora continuará su tramitación parlamentaria (y no será corta), consiste en incorporar a la Ley Orgánica del TC una nueva disposición adicional sexta. Ésta contempla la figura de la cuestión subsidiaria de delimitación competencial frente a las resoluciones judiciales que se pronuncien sobre la constitucionalidad de la delimitación de las funciones asumidas por una comunidad autónoma y las reservadas al Estado en los acuerdos adoptados por las comisiones mixtas de transferencia.