Eugenio de Santos Canalejo, defiende que «además de las sólidas razones que permitirían sostener la falta de fundamento constitucional» de esta ley de la que «se deduciría la necesidad de una previa reforma constitucional» -tal y como en su momento llegó a apuntar hasta el Consejo de Europa- además «adolecería» de distintas «infracciones» que afectarían a principios y derechos fundamentales tanto de la Constitución como de los tratados de la Unión Europea y a obligaciones impuestas por el Derecho de ésta.
Y a continuación arranca, en un documento de 60 páginas, una enumeración de esas seis supuestas infracciones, entre ellas, contra «el principio de legalidad en materia penal y del principio de seguridad jurídica» dada la «indeterminación del ámbito material y temporal de la amnistía, sin referencia a tipos penales concretos o a categorías de delitos en función del bien jurídico protegido»; contra el principio de igualdad y derecho fundamental «dada la delimitación del ámbito material de la amnistía, en función de un específico móvil ideológico» y contra el derecho a la tutela judicial efectiva «en particular en el ámbito penal, en cuanto a la perentoriedad del procedimiento (…) y a la pretensión de que el mandato de levantamiento inmediato de las medidas cautelares no se vea impedido por “la suspensión del procedimiento penal por cualquier causa».
Pero esta proposición de ley también afecta al derecho a la defensa ,»dada la imperatividad de la amnistía en los casos comprendidos en su ámbito de aplicación», y a las obligaciones impuestas por el Derecho de la Unión Europea «en materia de terrorismo y de protección de los intereses financieros de la Unión».
Todos los informes sobre la amnistía de los letrados del Parlamento, salvo en de Galindo, han sido negativos
El letrado del Senado advierte del «riesgo que entraña» para el Parlamento la aprobación de esta proposición «ya que podría determinar, por parte de los órganos jurisdiccionales que tuvieran que aplicar la amnistía, el planteamiento de una cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea o de una cuestión de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional». De hecho, el PP ya se ha comprometido a llevar este texto al tribunal de garantías constitucionales en cuanto se apruebe y se prevé un aluvión de cuestiones prejudiciales ante el TJEU.
Se detiene especialmente sobre el papel del TJUE al recordar que cualquier cuestión prejudicial podría poner en cuestión el mandato legal de alzamiento de las medidas cautelares por albergar una duda objetiva sobre su compatibilidad con el Derecho de la Unión, que tendría efectos suspensivos. En fin, toda una enmienda a la totalidad que se plasmará con un veto de la mayoría absoluta del PP en el Senado y de algún otro grupo o senador y que deberá levantarse en el Congreso prorrogando su tramitación hasta la aprobación definitiva.