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  Legal  Supremo confirma la o amnistía de la malversación
Legal

Supremo confirma la o amnistía de la malversación

El Tribunal Supremo ha confirmado la decisión de no amnistiar el delito de malversación del expresidente catalán y prófugo de la Justicia, Puigdemont, y del exconsejero autonómico Comin, lo que abre la vía para que ambos recurran al Tribunal Constitucional (TC).

RedaccionRedaccion—25 de junio de 20250
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La Sala de lo Penal ha dictado un auto este miércoles en el que rechaza admitir a trámite los incidentes de nulidad presentados por Puigdemont y Comin contra el auto de la misma sala del pasado 9 de abril, que confirmó la no aplicación de la ley de amnistía al delito de malversación, por el que ambos están procesados en la causa del procés.

Puigdemont acusaba al alto tribunal de emplear una «resistencia virulenta» para no aplicarle la ley de amnistía, una decisión que pidió anular para así derivar este asunto al Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC). El letrado Gonzalo Boye ya reconocía en su escrito que la ley obliga a «este vacuo trámite procesal» y «más cuando es evidente que estamos abocados a continuar el procedimiento en sede constitucional», lo que vaticinaba el escenario futuro.
Porque ahora tiene el camino despejado para poder acudir, ahora sí, al Constitucional, como ya lo han hecho el exvicepresidente catalán Oriol Junqueras y los exconsejeros autonómicos Raul Romeva, Dolors Bassa y Jordi Turull, cuyos amparos no se resolverán, como pronto, hasta otoño.

El fugado de la Justicia podrá recurrir a la corte de garantías una vez que el Supremo ha rechazado los motivos que alega en su incidente de nulidad, al explicar que «la forma de introducir el debate sobre la competencia constituye un manifiesto abuso de derecho».
Esto es así, continúa, porque «se pretendía la inhibición del tribunal sin aportar justificación alguna y sin que se diera a las partes la posibilidad de conocer con la suficiente antelación la cuestión para formular las alegaciones».

Además, el Supremo critica a Puigdemont por omitir todas las veces que el instructor Llarena, y la propia sala se ha pronunciado sobre la competencia, «dado que han sido muchas las ocasiones en que las defensas han planteado esta queja y otras tantas las veces en que ha sido desestimada».

Y también deja claro que se reiteran varias cuestiones que ya fueron respondidas por el tribunal, de manera que «el incidente de nulidad no puede ser cauce para reiterar argumentos coincidentes con los ya utilizados en el recurso de apelación».

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