El tribunal ha rechazado, en cambio, adoptar la medida cautelarísima también solicitada por los populares: la suspensión de los efectos de dicha votación. El PP alegaba que la participación de Puigdemont y de Puig vició el proceso mismo de elección de los miembros de la Mesa de la Cámara, incluido su presidente, e hizo que la legislatura arrancara de forma fraudulenta.
La Mesa de Edad del Parlament permitió votar de forma telemática a Puigdemont y Puig a pesar de que la doctrina del Constitucional prohíbe a los diputados prófugos acogerse a esa fórmula, reservada para diputados ausentes por enfermedad, embarazo o circunstancia sobrevenida. Con su decisión de admitir ahora a trámite el recurso pero no la medida cautelarísima, el tribunal opta por considerar la relevancia constitucional del conflicto, pero sin impedir la puesta en marcha de la Cámara y con ello el inicio de la legislatura catalana. Los magistrados Arnaldo y Espejel, del sector conservador, han votado en contra de este segundo aspecto.
La mayoría del tribunal ha rechazado, además, el envío de un requerimiento personal al presidente Josep Rull y al resto de los miembros de la Mesa instándoles a que no vuelvan a autorizar los votos de Puigdemont y Puig. Dicho requerimiento habría facilitado que pudieran ser acusados de un delito de desobediencia si en el futuro volvieran a aceptar los votos de los diputados huidos.