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  Legal  TC, avalada la ley gallega del litoral impulsada por Rueda
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TC, avalada la ley gallega del litoral impulsada por Rueda

Después de que el Gobierno central tachase de inconstitucional la ley gallega de costas del Ejecutivo gallego, este martes el Pleno del TC la ha avalado por unanimidad rechazando así el recurso presentado por el equipo de Sánchez.

RedaccionRedaccion—23 de abril de 20240
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La ley de ordenación y gestión integrada del litoral de Galicia estaba suspendida parcialmente a la espera de la decisión del Constitucional que se había abordado por tercera vez este asunto después de que el 11 de abril aplazase nuevamente su decisión debido «a su complejidad jurídica y técnica». El Parlamento de Galicia aprobó en julio de 2023 la nueva ley del litoral, que contempla la asunción por parte de la Xunta de las competencias en gestión del espacio marítimo terrestre. Una reivindicación histórica en la comunidad.

El ejecutivo de Rueda apuntaba que la confección de dicha ley se basaba en los términos recogidos en el Estatuto de Autonomía. Sin embargo, el Gobierno de Sánchez aseguró que se trataba de algo «inconstitucional» al «invadir competencias estatales».
Unos meses después, en noviembre de 2023, el Constitucional admitió a trámite el recurso del Gobierno, que sostiene que la ley gallega «se apropia de competencias exclusivas del Estado para regular el régimen jurídico del dominio público marítimo terrestre», con «reiterada doctrina del Tribunal Constitucional al respecto».
Concretamente, impugnaron 31 artículos de la ley, lo que supuso un 40 % de la norma, con el aval del Consejo de Estado, al considerarlos inconstitucionales. En ese momento, la Xunta acusó al Gobierno de realizar un «ataque» contra la costa gallega, por lo que «están en peligro» más de 4.000 edificaciones y más de 100 empresas.

El Constitucional ha informado de que la sentencia del Pleno descarta que Galicia «deba modificar su Estatuto de Autonomía para otorgar autorizaciones de utilización y ocupación del demanio al entender incluida dicha función ejecutiva en la competencia exclusiva sobre ordenación del territorio y del litoral». Además, se añade que la regulación no supone una normativa contraria a la legislación estatal aprobada y que las facultades del Gobierno central siguen intactas.

 

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