Bruselas lleva a España ante el último paso del procedimiento de infracción, que es la denuncia ante la Justicia europea. En diciembre de 2021, la Comisión envió a España una carta de emplazamiento, seguida de un dictamen motivado en mayo de 2024. En sus respuestas formales, y en posteriores intercambios técnicos con las autoridades nacionales, España ha defendido que su legislación fiscal se ajusta al derecho de la UE.
Cuando el pago de una transferencia de activos se aplaza más de un año o se abona a plazos durante un período superior a un año, los contribuyentes residentes tienen la opción de pagar el impuesto cuando se devengan las plusvalías o de aplazarlo proporcionalmente sobre la base del flujo de efectivo. Sin embargo, a los contribuyentes no residentes no se les ofrece esta posibilidad de aplazamiento y deben pagar el impuesto cuando se devenguen las plusvalías en el momento de la transmisión de los bienes.
Bruselas considera que la diferencia de trato entre residentes y no residentes incumple el principio de libertad de movimiento de capital. Al imponer una estructura menos flexible a los no residentes, la normativa española crea una barrera injustificada para las transacciones transfronterizas, juzga el Ejecutivo comunitario. La Comisión considera que, hasta la fecha, los esfuerzos de las autoridades nacionales han sido insuficientes, y por este motivo ha decidido llevar a España ante la Justicia europea.