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  Legal  TJUE: las normas UEFA y FIFA violan del Derecho de la UE
Legal

TJUE: las normas UEFA y FIFA violan del Derecho de la UE

“Las normas de la FIFA y de la UEFA sobre la autorización previa de las competiciones de fútbol de clubes, como la Superliga, violan el Derecho de la Unión”. Así se ha manifestado el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) sobre el caso C-333/21, el conflicto jurídico que enfrenta a los dos grandes organismos del fútbol con la Superliga, el proyecto de competición liderado por Real Madrid y Barcelona.

RedaccionRedaccion—21 de diciembre de 20230
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Según el TJUE, la FIFA y la UEFA «están abusando de su posición dominante», ya que «han adoptado normas que les confieren la facultad de autorizar las competiciones internacionales de fútbol de clubes y de explotar los diferentes derechos de difusión de estas competiciones». «Las normas de la FIFA y de la UEFA que supeditan a su autorización previa cualquier proyecto de nueva competición de fútbol de clubes, como la Superliga, y que prohíben a los clubes y a los jugadores participar en la misma, so pena de sanciones, son ilegales. Ello se debe a que las facultades de la FIFA y de la UEFA no están sujetas a ningún criterio que garantice su carácter transparente, objetivo, no discriminatorio y proporcionado», explica el Tribunal.

El Tribunal de Justicia considera que la organización de competiciones de fútbol de clubes y la explotación de los derechos de difusión son, «claramente», actividades económicas. En consecuencia, estas actividades «deben respetar las normas en materia de competencia y las libertades de circulación», a pesar de que el deporte, como actividad económica, presente «ciertas características específicas», como la existencia de asociaciones dotadas de facultades normativas, de control y sancionadoras.

Seguidamente, el Tribunal de Justicia resuelve que, cuando una empresa en posición dominante tiene la facultad de determinar en qué condiciones pueden entrar en el mercado empresas potencialmente competidoras, esta facultad, «habida cuenta del riesgo de conflicto de intereses que genera, debe ir acompañada de criterios que permitan garantizar su carácter transparente, objetivo, no discriminatorio y proporcionado». «Pues bien, las facultades de la FIFA y de la UEFA no están sujetas a ningún criterio de esta naturaleza. En consecuencia, la FIFA y la UEFA están abusando de su posición dominante», sentencia.
Sin embargo, el TJUE destaca que una competición como la del proyecto de la Superliga «no debe ser necesariamente autorizada». «Al habérsele planteado cuestiones de carácter general acerca de las normas de la FIFA y de la UEFA, el Tribunal de Justicia no se pronuncia, en su sentencia, sobre este proyecto específico. Paralelamente, el Tribunal de Justicia señala que las normas de la FIFA y de la UEFA relativas a la explotación de los derechos de difusión pueden perjudicar a los clubes europeos de fútbol, al conjunto de las empresas que operan en los mercados de los medios de difusión y, finalmente, a los consumidores y a los telespectadores, al impedirles beneficiarse de nuevas competiciones potencialmente innovadoras o interesantes», apunta la Justicia europea.

«Con todo, corresponde al Juzgado de lo Mercantil n.º 17 de Madrid comprobar si estas normas pueden, no obstante, beneficiar a los diferentes grupos de interés del fútbol, por ejemplo, mediante una redistribución solidaria de los ingresos generados por esos derechos».

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