La Sección Primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo ha admitido a trámite el recurso de Telefónica contra la multa impuesta por la CNMC que acusa a la teleco de conductas anticompetitivas junto a DTS (Canal+) en las emisiones de la Liga de Campeones entre 2012 y 2015.
El Alto Tribuanal analizará las pruebas de la CNMC para llegar a la conclusión de que ambas empresas actuaron de forma concertada en la adquisición, reventa y explotación de los derechos audiovisuales, según la sentencia a la que ha tenido acceso Europa Press. El operador ha argumentado que se ha realizado una «valoración ilógica, irracional y arbitraria de pruebas indiciarias» para acreditar lo probado por parte de la CNMC.
Por su lado, el regulador ha aducido que Canal+ lanzó varios procesos de comercialización de derechos con amplias barreras de entrada y plazos ajustados, lo que habría facilitado que Telefónica fuera el adjudicatario. En el periodo denunciado por la CNMC, Telefónica contaba con dos consejeros en DTS y ya era accionista. Sin embargo, el operador ha señalado que las actas de los consejos de administración de la dueña de Canal+ recogen que no se informaría de las condiciones, ni el precio a ofertar para evitar conflictos a accionistas de la empresa– entre los que estaban Telefónica y Mediaset en ese momento–
No es el primer pulso que gana Telefónica a Competencia en el Tribunal Supremo. El capítulo más reciente es la rebaja desde los 3 millones de euros a 50.000 euros de una multa impuesta por el regulador por incumplir algunas obligaciones mayoristas. Pero la teleco también ha anotado otro éxito al lograr que se tumbe la sanción en los acuerdos con Yoigo así como en la anulación de una sanción de 8,5 millones impuesto en 2018 por realizar una oferta de precios bajos en una oferta convocada por el ejecutivo vasco.